El desahucio por impago del inquilino se aceleraEl desahucio de viviendas por impago del inquilino podrá acelerarse al haber entrado en vigor la Ley de Medidas de Agilización Procesal, que permite al propietario acogerse al sistema del proceso monitorio, rápido y sencillo, para la reclamación de las rentas y desahucio.
Esta norma, incluida en el plan de modernización de la Justicia del ministerio que dirige Francisco Caamaño, acomete reformas destinadas a simplificar los procesos y acortar tiempos de respuesta de los tribunales, mediante la eliminación de trámites innecesarios. Entre otras, modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) al permitir que, una vez presentada la demanda por impago, el secretario judicial dé diez días al inquilino para que abone la cantidad adeudada, abandone la vivienda o presente las alegaciones por las que se opone al pago. Si transcurrido dicho periodo el demandado no ha realizado ninguna de las opciones, el secretario judicial procederá a dar fecha para el lanzamiento (día en el que se hace efectivo el desalojo del inmueble), previa solicitud del propietario. Hasta ahora, tras la demanda por impago el Juzgado señalaba la fecha del juicio, en la que se reconocía al propietario el derecho a recuperar su vivienda, así como la fecha del lanzamiento, lo que alargaba los plazos meses. Con la reforma actual, el derecho a recuperar la vivienda puede ser reconocido en un plazo de diez días. calcular hipoteca Fuente: Cinco Días, La Gaceta, La Razón Publicado el: 15/11/2011 | Etiquetas: demanda, desahucio, desalojo, impagos, lanzamiento, ley de enjuiciamiento civil, ministerio de justicia, propietario, reclamaciones, rentas, tribunales, viviendas |
El alquiler de vivienda se contagia del alza en la morosidad hipotecariaLa crisis disparó un 15,4% la morosidad de los alquileres entre el 30 de septiembre de 2010 y el 1 de octubre pasado y, además, se está contagiando del alza de los impagos hipotecarios. Según los últimos datos del Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), la deuda media suma 8.312,88 euros, un 7% más que en 2010.
Los mayores incrementos en el número de morosos corresponde a Andalucía, con el 24,69%; la Comunidad Valenciana, con el 20,12%; Madrid, 17,79%; Murcia, 16,47%, y Cataluña, con un 15,93%. Por contra, las regiones que contabilizaron un menor avance de la morosidad fueron Cantabria, con el 1,32%; La Rioja, con un 1,82%; Canarias, 1,85%, y Navarra, con un 2,33%. En cuanto a la deuda media que los inquilinos dejan de pagar, esta oscila de manera significativa según los territorios, como consecuencia de lo dispares que pueden llegar a ser los precios de los alquileres en una región y otra. Así, mientras la media nacional se situó en los citados 8.312,88 euros, Madrid lideró el ranking con 16.037,09 euros, seguida de Murcia, con 12.196,44 euros y Baleares, con 9.664,53 euros.
Durante la presentación de estos números, el director general del FIM, Fernando Sánchez Frutos, aseguró que la morosidad del alquiler no ha dejado de crecer desde 2007, fecha en la que comenzó a elaborar este estudio (en 2009 lo hizo un 13,7% y en 2010 un 16,8%). Lo peor es que advirtió que todo parece indicar que seguirá haciéndolo ante el agravamiento de la crisis económica y también “por la falta de una legislación clara que haga más difícil la posibilidad de dejar de pagar la renta y que no pase nada en mucho tiempo”. Sánchez reveló que, de facto, se está produciendo un trasvase de la morosidad hipotecaria al alquiler, ya que aquellos que tienen problemas para pagar su hipoteca, en muchos casos acaban viviendo de alquiler y si su situación no mejora, terminan siendo inquilinos morosos. En este sentido, recordó que en el ámbito del arrendamiento sí existe la dación en pago, ya que las deudas se saldan con la devolución de las rentas impagadas y el desahucio de la casa. calcular hipoteca Fuente: Cinco Días Publicado el: 03/11/2011 | Etiquetas: alquileres, arrendamientos, crisis económica, dación, desahucio, deuda, fichero de inquilinos morosos, hipotecas, impagos, legislación, morosidad, pago, renta, rentas |
El PSOE propone obligar a la banca a que ofrezca hipotecas con dación en pagoEl programa electoral del PSOE incluye un amplio apartado dedicado a la política de vivienda. Entre las propuestas que plantea, destaca el establecimiento de “la obligatoriedad de que las entidades financieras ofrezcan productos hipotecarios en los que la garantía se límite al bien hipotecado, lo que se denomina dación en pago”. Esta medida prevé reducir al mínimo las ejecuciones hipotecarias y aboga por que estas sean el último recurso. Recuerda el programa que estas operaciones generan costes judiciales e imponen demoras de casi dos años en los que se acumulan intereses y la vivienda queda paralizada. “Y cuando se llega a la subasta, el deudor no puede obtener por su piso un valor de mercado que le permita reducir al máximo su carga”, dice el documento. Por ello, el PSOE se compromete a incentivar la dación en pago pactada como una solución más eficiente para beneficiar al deudor hipotecario de buena fe. Incluso propone una mayor implicación de todos los agentes que intervienen en este proceso, además de las entidades, los notarios, los registradores y las comunidades autónomas. Quiere promover un acuerdo con las regiones para eximir del pago del impuesto de transmisiones patrimoniales en los que la entidad acepte la vivienda para saldar la deuda. Otras medidas que el PSOE aplicará si gana las elecciones del 20-N para favorecer a las familias frente a las cláusulas abusivas que aplican algunos bancos y cajas es limitar para las hipotecas sobre vivienda habitual el tipo máximo de los intereses de demora y que se apliquen en exclusiva al principal de la deuda. Asimismo, pretende que la penalización por cancelación anticipada se limite a la pérdida económica real que sufre la entidad y establece un límite temporal mínimo por el que debe ser reconocido el valor de tasación de una vivienda, impidiendo actualizar a la baja el mismo al poco tiempo de haberse constituido el crédito.
Entre las medidas estrella que plantea el programa electoral del PSOE en materia de vivienda destaca la actualización de la fiscalidad para impulsar la salida del stock de casas sin vender, que se eleva en torno a las 700.000. Así, plantea elevar el tope de renta por el que las familias de rentas más bajas pueden seguir desgravándose en el IRPF por la compra de su residencia habitual de los 24.000 euros actualmente en vigor a los 30.000 euros brutos anuales. cambio hipoteca Fuente: Cinco Días, El País, El Economista, Expansión y ABC Publicado el: 28/10/2011 | Etiquetas: bancos, cajas, cancelación, casas, cláusulas abusivas, costes, dación, desgravaciones, ejecución hipotecaria, entidades financieras, familias, fiscalidad, garantía hipotecaria, hipotecas, intereses, irpf, psoe, rentas, stock, subasta, tasacion, valor, vivienda, vivienda h |
La hipoteca inversa o cómo convertir la vivienda en liquidezSi la hipoteca tradicional, la que consiste en conseguir un préstamo para comprar una vivienda está en horas bajas, la llamada hipoteca inversa ha tomado impulso. La demanda de este tipo de préstamos creció un 17% de enero a abril de 2011 en relación con el mismo cuatrimestre del año anterior, con 19.900 solicitudes, según datos de la consultora Óptima Mayores.
Se trata de un préstamo con garantía inmobiliaria para poder recibir a plazos el dinero que se obtendría con la venta de la vivienda, con la particularidad de que se mantiene la propiedad y se puede seguir haciendo uso del inmueble o incluso alquilarlo. De esta forma, el propietario recibe una renta mensual hasta su fallecimiento, momento a partir del cual los herederos se hacen cargo del crédito o la entidad ejecutará la garantía.
Actualmente, Unimm, Ibercaja y BBK son algunas de las entidades que ofrecen este producto financiero, aunque no todos los bancos que la comercializan la promocionan, señala HelpMyCash.com. "Lo habitual es acudir a un intermediario financiero que estudiará nuestro perfil y buscará la mejor opción entre la actual oferta de bancos, cajas y aseguradores", explican desde el portal especializado en finanzas personales.
La cantidad que se recibe al mes está determinada por tres factores: Primero la edad, de manera que a más años, más dinero, ya que la entidad prevé que tendrá que abonar dinero durante menos tiempo. Su perfil ideal son las personas de más de 75 años. Segundo, el sexo. Las mujeres, con una mayor esperanza de vida, cobran menos. Tercero y último, el valor de la vivienda.
La renta mensual suele extenderse por un periodo de entre 10 y 20 años, aunque también puede ser vitalicia. Eso sí, la contratación implica una serie de costes, al igual que una hipoteca habitual, que la entidad incluirá en el monto pendiente de la devolución. Suelen ser la comisión de apertura, los gastos de gestión (impuestos, notario, gestoría y registro que la entidad adelanta) y los intereses del préstamo. En el caso de las rentas no limitadas, es necesario contratar un seguro de rentas vitalicias diferidas, con el que la entidad se blinda en caso de que el cliente supere la esperanza de vida prevista por la aseguradora. La operación puede deshacerse en cualquier momento y, además, está exenta de tributación. cambio hipoteca Fuente:Cinco Días Publicado el: 01/07/2011 | Etiquetas: alquiler, comisiones, compra vivienda, costes, crédito, dinero, entidades financieras, garantía inmobiliaira, gastos, hipoteca, hipoteca inversa, inmuebles, intereses, productos financieros, préstamo, renta vitali |
El PP insiste en recuperar la deducción por compraEl Partido Popular (PP) llevará al Pleno del Congreso de los Diputados una proposición de ley con la que pretende devolver la deducción fiscal por inversión en adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual a la situación anterior a los Presupuestos Generales del Estado de 2011. Es decir, que todas las rentas puedan beneficiarse de este incentivo fiscal, no solo los contribuyentes con base imponible inferior a 24.107,20 euros anuales, como ocurre desde el pasado 1 de enero. La iniciativa denuncia que la modificación ha sido “una medida propagandística” que se traduce en un incremento del IRPF para las familias que compren una vivienda a partir del 1 de enero de 2011 “superior a los 1.300 euros anuales”. Plantea que cualquier contribuyente podrá deducirse el 7,5% (porcentaje que correspondería al tramo estatal) de las cantidades satisfechas en el periodo de que se trate por la compra o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del
contribuyente. simulador hipoteca Fuente:El Mundo Publicado el: 25/05/2011 | Etiquetas: PP, adquisición, compra vivienda, congreso de los diputados, deduccion, familias, incentivos fiscales, inversión, irpf, proposición de ley, rehabilitación, rentas, vivienda habitual |
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