Estás en: irpf

Noticias sobre Irpf

Descubre los mejores productos hipotecarios

Páginas: ir a primera páginair a página anterior 1 2 3 4 5 ir a siguiente páginair a última página
Aspectos relacionados con la vivienda a tener en cuenta a la hora de hacer la Declaración de la Renta

A la hora de realizar la declaración de la renta hay cuatro puntos fundamentales relacionados con la vivienda a tener en cuenta: deducción por adquisición de vivienda habitual, deducción por alquiler, exención de tributación por la dación en pago y reducción en la tributación por la venta de inmuebles adquiridos entre entre mayo y diciembre de 2012.
- Deducción por compra o construcción: Pese a que esta desgravación fue suprimida para la adquisición o construcción de casa habitual posterior al 1 de enero de 2013, aún hay millones de contribuyentes que compraron su casa o invirtieron en ella antes de dicha fecha y que pueden seguir disfrutando de una deducción estatal de hasta el 15% sobre una base imponible máxima de 9.040 euros anuales.
- Deducción por alquiler: El año 2014 será el último ejercicio en el que todos los contratos de alquiler de vivienda habitual de inquilinos con una renta inferior a 24.107,20 euros se beneficiarán de una desgravación nacional por arrendamiento. Los nuevos que se firmen o renueven a partir del 1 de enero de 2015 perderán el derecho a la deducción estatal del 10,05% de las cantidades abonadas. No obstante, el contribuyente deberá prestar especial atención en este punto al apartado de su comunidad autónoma, ya que muchas regiones, ofrecen su propia desgravación por arrendamiento de vivienda habitual.
- Exención tributaria por la dación en pago: Entre las novedades fiscales para 2014 y ejercicios anteriores no prescritos (desde 2010) está la exención del pago de impuestos por las ganancias patrimoniales logradas por la venta de una vivienda habitual del deudor o del garante del deudor si dicha transmisión se ha realizado por dación en pago o en ejecución hipotecaria. Entre los requisitos a cumplir para acceder a esta ventaja está que la deuda haya sido contraída con una entidad de crédito u otra que se dedique a la concesión de préstamos hipotecarios. El contribuyente tampoco podrá poseer otros bienes cuya valoración sea suficiente para el pago de toda la deuda, con lo que podría evitar la pérdida de la casa.
- Rebaja en la tributación por venta de inmuebles: La Declaración del IRPF de 2014 será la segunda en la que algunos contribuyentes sólo tendrán que tributar por el 50% de las ganancias obtenidas por la venta de un inmueble. Esta exención sólo va destinada a las transacciones sobre viviendas que fueron adquiridas entre el 12 de mayo de 2012 y el 31 de diciembre de 2012. Además, esta exención parcial no se aplica en el caso de que la venta se realice a cónyuges, a cualquier persona unida al contribuyente por parentesco hasta segundo grado y entidades relacionadas con el contribuyente.
 

Hacienda está investigando las cuentas vivienda de la burbuja inmobiliaria

Hacienda ha empezado a comprobar a contribuyentes que abrieron cuentas vivienda durante 2004, 2005 y 2006, en pleno boom inmobiliario. Las cuentas vivienda fueron un incentivo fiscal que estuvo vigente hasta el año 2013 y que permitió a los contribuyentes abrir una cuenta en el banco con la finalidad de ahorrar para adquirir una casa. Las aportaciones realizadas tenían derecho a una deducción del 15% en el IRPF con la condición de que compraran la que sería su residencia habitual durante los cuatro años siguientes a la apertura del depósito. Si cancelaban el depósito, utilizaban el dinero para otro fin o no adquirían la vivienda, tenían que devolver el importe deducido con intereses de demora en la siguiente declaración de la renta.
Hacienda está realizando comprobaciones del ejercicio 2010 e incluyen en él a contribuyentes que abrieron una cuenta vivienda en 2004 o 2005 y, por lo tanto, en caso de incumplir la normativa debían haber devuelto el dinero en la declaración del IRPF de 2008 o 2009, ejercicios ya prescritos. Sin embargo, el anterior Gobierno aprobó en 2008 un Real Decreto que permitió a los contribuyentes que tenían como fecha tope para adquirir una vivienda el año 2008 o 2009 vieran ampliado su plazo hasta el 31 de diciembre de 2010. Y si en esa fecha no compraron su casa, debían notificarlo y devolver las ayudas en la declaración del IRPF de 2010, cuyo plazo de prescripción finaliza el próximo 30 de junio.
Sin embargo, el abogado José María Salcedo Benavente, alerta de que las comprobaciones se extienden a contribuyentes que, si bien incumplieron la normativa, ya habían ganado la prescripción. Hacienda está entregando autoliquidaciones a declarantes que, por ejemplo, abrieron una cuenta vivienda en 2004 y que, antes de la entrada en vigor del real decreto que ampliaba el plazo para la compra, ya habían cancelado su depósito o destinado los fondos a otros fines. En este caso, la pérdida de la deducción se produjo en el momento de la cancelación o disposición de fondos (año 2008 o anteriores) y ello debería haber sido declarado en el IRPF de esos ejercicios, que hoy ya están prescritos.
Además ha apreciado que en varios casos, Hacienda le da al declarante directamente la cantidad que se ha deducido indebidamente, pero sin explicarle de qué ejercicio o ejercicios proviene. Por lo que cree que las liquidaciones están mal motivadas.
 

Con la reforma fiscal el inquilino tiene menos ventajas

La reforma fiscal introduce cambios en los beneficios fiscales tanto de los caseros como de los inquilinos. Desaparece la deducción por arrendamiento de vivienda habitual, que pueden aplicarse en la actualidad los contribuyentes con rentas inferiores a 24.107 euros. Esta medida no tendrá efectos retroactivos por lo que los inquilinos que hoy se benefician de la deducción la podrán mantener hasta que finalice su contrato de alquiler. Los expertos aconsejan que quienes estén pensando alquilar una vivienda firmen el contrato antes de que acabe el año.
Actualmente, los inquilinos tienen derecho a deducirse el 10,05% de las rentas destinadas a pagar el alquiler de la vivienda habitual con un máximo de 9.040 euros para bases imponibles inferiores a 17.707,2 euros. Este límite se reduce progresivamente para bases entre 17.707,2 euros y 24.107 euros.
Los propietarios de una vivienda en alquiler, mantienen el derecho a reducirse en el IRPF el 60% de los rendimientos obtenidos. Sin embargo, desaparece la exención vigente del 100% que se aplicaban los propietarios de una vivienda cuando los inquilinos eran menores de 35 años.
 

Se suaviza el IRPF a pagar por las plusvalías inmobiliarias

El Gobierno ha suavizado en la reforma fiscal el castigo tributario por las plusvalías inmobiliarias a partir del año 2015. Hacienda prorrogará la vigencia de los coeficientes de abatimiento para ventas inferiores a 400.000 euros. Esto permite reducir la factura en el IRPF de quienes vendan una casa adquirida antes de 1994. Sin embargo, mantiene la supresión de los coeficientes de actualización, los cuales corrigen las plusvalías inmobiliarias por el efecto de la inflación. Un contribuyente que este año venda una vivienda por 390.000 euros comprada en 2001 por 230.000 abonará 28.110 euros en el IRPF. Un importe que aumentará en algo más de 9.000 euros si la operación se realiza el próximo año.

La subida de impuestos a la venta de pisos usados provoca un aluvión de transacciones

La reforma fiscal que está tramitándose en el Senado va a penalizar la venta de inmuebles de segunda mano a partir de enero de 2015, lo que ha disparado las operaciones de este tipo en los últimos meses, según los datos del Consejo General del Notariado. La subida de impuestos llegará mediante la supresión de los coeficientes de abatimiento y corrección monetaria, dos bonificaciones fiscales que hasta ahora rebajaban la factura en el IRPF de las plusvalías generadas por la venta de bienes patrimoniales, como inmuebles y acciones, comprados hace años.
La factura fiscal se elevará, sobre todo, para las viviendas adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994, ya que se podían aplicar tanto los coeficientes de abatimiento como los de corrección monetaria.
Esta medida está inflando artificialmente las ventas antes de que la reforma fiscal entre en vigor, como ya ocurrió con la eliminación de la deducción por vivienda habitual y la subida del IVA para la construcción de obra nueva en 2013. A los propietarios les interesa vender cuanto antes para pagar menos impuestos, así que ello provocará una bajada en el precio de los inmuebles de segunda mano antes de 2015.
 

Hacienda no modificará la deducción del alquiler para propietarios

Finalmente Hacienda mantendrá en el porcentaje actual del 60% la exención de tributación en el IRPF de las rentas de alquiler de vivienda obtenidas por los propietarios, en lugar del porcentaje del 50% que había establecido en el anteproyecto de ley de reforma fiscal. Sin embargo, se mantendrá la eliminación de la exención total que existe para los arrendadores que alquilan su vivienda a inquilinos menores de 30 años. Tampoco está previsto restablecer la deducción por alquiler de vivienda para los arrendatarios, de la que actualmente disfrutan los inquilinos con rentas inferiores a 24.100 euros.

La deducción por vivienda baja por cuarto año consecutivo

La deducción por vivienda, tanto por número de contribuyentes como por cantidad deducida en la declaración de la renta, ha bajado por cuarto año consecutivo. En el año 2012 los contribuyentes que pudieron reducir su factura con Hacienda gracias a la hipoteca bajaron hasta los 5.442.785. Y la cantidad deducida también cayó y quedó en 4.044 millones de euros.
La posibilidad de pagar menos a Hacienda al comprar una vivienda desapareció definitivamente en 2013. No obstante, ya antes el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero la había limitado desde 2011 a quienes no superaran los 24.000 euros de renta. Pero para explicar la caída continuada desde el año 2008 hay que recurrir al pinchazo inmobiliario, la crisis financiera y la destrucción de empleo, que explican que en esos ejercicios se constituyeran menos hipotecas de las que se amortizaban.
 

La reforma fiscal eliminará la desgravación por alquiler de vivienda

En la reforma del IRPF el Gobierno ha eliminado la deducción por alquiler de vivienda para aquellos contratos que se firmen a partir del próximo 1 de enero de 2015. Según el Ejecutivo para avanzar en términos de neutralidad se suprime la deducción por alquiler, de esta manera se homogeneiza el tratamiento fiscal de la vivienda habitual entre alquiler y propiedad. Para los contratos anteriores a la citada fecha se mantendrán las desgravaciones pero bajarán las deducciones a las que se acogían los dueños de las casas del 60% al 50%. La desgravación del 100% que se aplicaban cuando los inquilinos eran menores de 35 años también se reduce al 50%.

Publicado el: 30/06/2014 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
Con la reforma fiscal la ganancia patrimonial por dación en pago estará exenta en el IRPF

La reforma fiscal incluirá la exención de tributar en el IRPF la ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de la vivienda habitual, así como la exención de la plusvalía municipal. En la actualidad cuando se entrega la vivienda como dación en pago si el valor de la deuda saldada superaba el valor de la vivienda la plusvalía que se generaba se interpretaba como una ganancia y, por lo tanto, se debía tributar. Hasta ahora, las ganancias patrimoniales por daciones en pago solo estaban exentas del pago de impuestos cuando los deudores hipotecarios estuvieran situados en el denominado umbral de exclusión.

En abril el precio de los pisos de segunda mano subió un 3,7%

El mes de abril repuntaron las ventas de viviendas, la concesión de préstamos hipotecarios y el precio medio de las viviendas. Para el Consejo General del Notariado estos datos “podrían estar anticipando un cambio de tendencia en el sector”.
Las estadísticas de los notarios muestran que el precio de la vivienda repuntó un 0,7% interanual en el cuarto mes del año, sobre todo por el empuje de la vivienda usada que se encareció un 3,7%. En cambio, los inmuebles residenciales nuevos se depreciaron un 5,2%. Hay que tener en cuenta que estos datos siguen contaminados por un efecto estadístico: el fin de la deducción en el IRPF por la compra de la primera vivienda habitual concentró tanto las ventas en el último trimestre de 2012 que en los primeros meses de 2013 apenas se vendieron pisos. De ahí que la comparación de 2014 con el año anterior salga siempre positiva. Sin embargo, según los notarios este repunte refleja cierta estabilización de las ventas mensuales”. La compraventa de viviendas se situó en abril en 30.048 transacciones, lo que supone un incremento interanual del 11,1%, porcentaje que se suaviza hasta el 9,6% si se corrige la estacionalidad.
Las transacciones de pisos de segunda mano se dispararon un 10,9 y la venta de pisos libres de nueva construcción sufrió una contracción del 8,4% interanual.
 

Páginas: ir a primera páginair a página anterior 1 2 3 4 5 ir a siguiente páginair a última página

Uso de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación y ofrecer contenidos y publicidad de interés. Al continuar con la navegación entendemos que se acepta nuestrapolítica de cookies. Aceptar