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¿Cómo deducir por la compra de tu vivienda habitual en la declaración de la Renta 2016-2017?

 

Estamos en plena campaña de la Renta 2017 y hasta el próximo podrá presentarse la declaración correspondiente al período 2016-2017. Ya se puede solicitar el borrador y modificarlo online o pidiendo cita previa en los teléfonos 901 223 344 / 91 553 00 71 (a partir del día 11 de mayo) o en la web de la Agencia Tributaria desde ya.

Si la compra de nuestra vivienda habitual es uno de los conceptos por los que esperamos que Hacienda nos aplique algún tipo de deducción en nuestra declaración de la renta, debemos tener en cuenta que este concepto se encuentra en un régimen transitorio hasta su total eliminación, de tal modo que solo se nos podrá aplicar dicha deducción si cumplimos algunos requisitos. Principalmente, es preciso haber adquirido nuestra vivienda antes del 1 de enero de 2013 para obtener este beneficio fiscal en forma de deducción. Esto se aplica también a aquellos contribuyentes que hubieran pagado por la construcción de la vivienda, su ampliación o modificación por motivos de discapacidad, siempre y cuando las obras hayan finalizado antes de 2017. En cualquier caso, para poder aplicar la deducción se exige haberla ya aplicado en 2012 o años anteriores.

En caso de cumplir estas condiciones y haber comprado tu vivienda o aportando cantidades para su compra antes de enero de 2013, podría aplicarse en tu declaración de la Renta el citado régimen transitorio. Para verificar que así se hace, comprueba la información de préstamos hipotecarios, es la que aparece en las casillas (501) y (502) de tus datos fiscales, repasa los datos y asegúrate de que sean correctos.

Publicado el: 10/05/2017 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
Aspectos relacionados con la vivienda a tener en cuenta a la hora de hacer la Declaración de la Renta

A la hora de realizar la declaración de la renta hay cuatro puntos fundamentales relacionados con la vivienda a tener en cuenta: deducción por adquisición de vivienda habitual, deducción por alquiler, exención de tributación por la dación en pago y reducción en la tributación por la venta de inmuebles adquiridos entre entre mayo y diciembre de 2012.
- Deducción por compra o construcción: Pese a que esta desgravación fue suprimida para la adquisición o construcción de casa habitual posterior al 1 de enero de 2013, aún hay millones de contribuyentes que compraron su casa o invirtieron en ella antes de dicha fecha y que pueden seguir disfrutando de una deducción estatal de hasta el 15% sobre una base imponible máxima de 9.040 euros anuales.
- Deducción por alquiler: El año 2014 será el último ejercicio en el que todos los contratos de alquiler de vivienda habitual de inquilinos con una renta inferior a 24.107,20 euros se beneficiarán de una desgravación nacional por arrendamiento. Los nuevos que se firmen o renueven a partir del 1 de enero de 2015 perderán el derecho a la deducción estatal del 10,05% de las cantidades abonadas. No obstante, el contribuyente deberá prestar especial atención en este punto al apartado de su comunidad autónoma, ya que muchas regiones, ofrecen su propia desgravación por arrendamiento de vivienda habitual.
- Exención tributaria por la dación en pago: Entre las novedades fiscales para 2014 y ejercicios anteriores no prescritos (desde 2010) está la exención del pago de impuestos por las ganancias patrimoniales logradas por la venta de una vivienda habitual del deudor o del garante del deudor si dicha transmisión se ha realizado por dación en pago o en ejecución hipotecaria. Entre los requisitos a cumplir para acceder a esta ventaja está que la deuda haya sido contraída con una entidad de crédito u otra que se dedique a la concesión de préstamos hipotecarios. El contribuyente tampoco podrá poseer otros bienes cuya valoración sea suficiente para el pago de toda la deuda, con lo que podría evitar la pérdida de la casa.
- Rebaja en la tributación por venta de inmuebles: La Declaración del IRPF de 2014 será la segunda en la que algunos contribuyentes sólo tendrán que tributar por el 50% de las ganancias obtenidas por la venta de un inmueble. Esta exención sólo va destinada a las transacciones sobre viviendas que fueron adquiridas entre el 12 de mayo de 2012 y el 31 de diciembre de 2012. Además, esta exención parcial no se aplica en el caso de que la venta se realice a cónyuges, a cualquier persona unida al contribuyente por parentesco hasta segundo grado y entidades relacionadas con el contribuyente.
 

En enero la compraventa de vivienda bajó un 10,9%

El mes de enero la compraventa de vivienda se redujo en enero un 10,9%, según los datos del Consejo General del Notariado. Pese a esta caída de las cifras mensuales, las series reflejan estabilización en las ventas. Según los notarios esta contracción podría venir explicada por el fin del efecto base tras la normalización de las cifras al concluir la deducción fiscal por vivienda habitual.
La compraventa de vivienda se situó en 21.320 transacciones. Por tipo de vivienda, la venta de pisos se redujo el 11,5%, una caída similar a la del 11,4% de los de precio libre. Esta bajada, explican, se debe a la fuerte contracción de las ventas de pisos nuevos (-31,8%). Por su parte, la compraventa de inmuebles segunda mano se contrajo un 7,6%.
También descendió el precio por metro cuadrado de las viviendas vendidas, que fue de 1.234 euros, lo que supone una caída del 6,0% con respecto al mismo mes del año 2014 y una caída acumulada del 34,6% desde el comienzo de la crisis en el año 2007.
 

En mayo las compras de pisos reputaron el 1,4%

Según los datos del Consejo General del Notariado, durante el mes de mayo se cerraron 29.966 transacciones de casas, el 1,4% más que en el mismo período del año 2013. Los notarios explican este repunte de los últimos meses en base a la “normalización” en la cifra de operaciones tras la finalización de la deducción por compra de vivienda, pero también refleja una “estabilización” de las ventas mensuales.
Por tipo de vivienda, la adquisición de pisos de precio libre cayó el 1,7%, especialmente por la caída de la compra de pisos nuevos (‐13,5%), frente al repunte del 0,5% en la segunda mano.
 

Publicado el: 19/07/2014 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
En abril el precio de los pisos de segunda mano subió un 3,7%

El mes de abril repuntaron las ventas de viviendas, la concesión de préstamos hipotecarios y el precio medio de las viviendas. Para el Consejo General del Notariado estos datos “podrían estar anticipando un cambio de tendencia en el sector”.
Las estadísticas de los notarios muestran que el precio de la vivienda repuntó un 0,7% interanual en el cuarto mes del año, sobre todo por el empuje de la vivienda usada que se encareció un 3,7%. En cambio, los inmuebles residenciales nuevos se depreciaron un 5,2%. Hay que tener en cuenta que estos datos siguen contaminados por un efecto estadístico: el fin de la deducción en el IRPF por la compra de la primera vivienda habitual concentró tanto las ventas en el último trimestre de 2012 que en los primeros meses de 2013 apenas se vendieron pisos. De ahí que la comparación de 2014 con el año anterior salga siempre positiva. Sin embargo, según los notarios este repunte refleja cierta estabilización de las ventas mensuales”. La compraventa de viviendas se situó en abril en 30.048 transacciones, lo que supone un incremento interanual del 11,1%, porcentaje que se suaviza hasta el 9,6% si se corrige la estacionalidad.
Las transacciones de pisos de segunda mano se dispararon un 10,9 y la venta de pisos libres de nueva construcción sufrió una contracción del 8,4% interanual.
 

Hacienda estudia gravar más la segunda vivienda

Los rumores sobre lo que depara la reforma fiscal en relación con gravar más la segunda vivienda han creado alarma, pero, de momento, en Hacienda no se ha dicho nada oficialmente sobre vivienda, excepto que la habitual no va a ser gravada. La segunda cosa que ha aclarado es que se va a seguir manteniendo la deducción por compra antes de enero de 2013.
La segunda vivienda, cuya compra desgravaba en tiempos, no sale ahora gratis. En el IRPF tributa por el 1,1% del valor catastral, o el 2%, cuando la revisión catastral haya sido anterior a enero de 1994. A la cantidad resultante se le aplicarán tipos marginales de entre el 24,75% y el 52%, según el nivel de renta.
 

La banca lanza nuevas hipotecas

Si el mercado inmobiliario presenta unas perspectivas moderadamente optimistas, el segmento de créditos hipotecarios se contagia y vuelve a plantearse para las entidades como una posible buena alternativa de negocio si se aplican los controles de riesgo. En septiembre pasado, Bankinter lanzó su Hipoteca Sin Más. El diferencial sobre el euríbor es, en caso de máxima vinculación, del 1,95%. Toda una novedad si se tiene en cuenta que, según el índice hipotecario global de Bankimia, el diferencial medio que sobre el euríbor aplicaban las entidades en sus hipotecas variables era entonces de 3,212 puntos. Sin que mediara demasiado tiempo, Caja Sur lanzó un préstamo con un tipo de interés inicial durante 24 meses del 2,5%; para el resto de los años, euríbor más un diferencial de hasta el 1,25%. Y Caja Rioja se centró en el segmento jóvenes: tipo inicial del 1,25%; el resto de los años, euríbor más hasta 0,95 puntos. En 2014, Kutxabank sorprendió haciendo una apuesta por las hipotecas fijas con un tipo de interés que podría llegar a colocarse en el 3,89%. Santander reaccionó y en su nueva Hipoteca Santander marca un tipo inicial para 12 meses del 2,95%, y el resto de los años, a euríbor más el 1,99% (con condiciones). E ING lanzó nueva Hipoteca Naranja a euríbor más 1,99 puntos. En esta nueva guerra hipotecaria también participa desde hace pocos días Caja España‐Duero con Hipoteca Net Fidelis (euríbor + 1,65%).
Tal vez, dicen los expertos, una de las mejores/peores enseñanzas que ha traído la crisis es que hipotecarse es un asunto no para todos y muy serio; que es una decisión que tiene efectos durante muchos años; que hay que revisar y entender todas las condiciones que impone la entidad antes de firmar; que las hipotecas no son “mejores o peores” per se, sino que hay que buscar la que mejor se adapte a las circunstancias de cada uno. Bajo este contexto, las nuevas ofertas hipotecarias son, en principio, más “baratas” que las que estas mismas entidades mantenían hace unos meses, pero más caras que las que vendían hace unos años. Es una cuestión de diferenciales sobre el euríbor: cuanto más bajos, menos impacto tiene una posible subida de esta referencia sobre las cuotas: al menos a corto plazo no se esperan grandes variaciones sobre un euríbor que en la actualidad se negocia en torno al 0,55%, pero no hay que olvidar que llegó a colocarse cerca del 5,5%. Es también un asunto de vinculaciones: las hipotecas ahora exigen, en la mayor parte de los casos, no solo suscribir toda una batería de productos adicionales, sino que están limitadas en su acceso a las rentas medias‐altas al imponer ingresos mínimos, en muchos casos por encima de los 2.500 euros. Son también más caras que hace poco más de un año no por una cuestión financiera, sino fiscal. La deducción hipotecaria del 15% en el IRPF se eliminó el 1 de enero de 2013 para quienes a partir de entonces suscribieran un crédito para adquisición de vivienda.

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Fuente: El País

No se eliminará la deducción por compra de vivienda de forma retroactiva

El Ministerio de Hacienda no eliminará la deducción por compra de vivienda en el IRPF de manera retroactiva, a pesar de que el comité de expertos previsiblemente sí lo incluirá en la propuesta de reforma fiscal que está a punto de concluir, según confirmaron fuentes del Gobierno.
La deducción por adquisición de vivienda en el IRPF está suprimida para las compras realizadas a partir del 1 de enero de 2013, pero aún son muchos los españoles que adquirieron su vivienda antes de esta fecha que siguen disfrutando de dicha desgravación, que fija un máximo deducible de 1.350 euros por contribuyente sobre una base máxima de 9.015 euros anuales. Los Presupuestos Generales del Estado de este año estiman una pérdida de ingresos tributarios de 1.785,43 millones de euros por esta deducción que aún se aplican unos cinco millones de españoles. Esta partida es un 5,5% inferior a la de un año antes (1.889 millones), dado que cada ejercicio que pasa el número de beneficiarios de esta desgravación va descendiendo, según se van cancelando las hipotecas.
El Gobierno del PP eliminó la deducción por compra de vivienda a partir del 1 de enero de 2013, estableciendo un régimen transitorio para los que hubieran adquirido su casa con anterioridad a esta fecha, después de que el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero la limitara a las rentas más bajas (menos de 24.000 euros) y eliminara los porcentajes incrementados. Numerosos organismos internacionales, como el FMI o la OCDE, hace años que solicitan a España que suprima definitivamente esta desgravación al estimar que únicamente contribuyó en el pasado a seguir hinchando la burbuja inmobiliaria y de crédito que se registró desde finales de los años 90 hasta 2007. Además, los más críticos consideran que se trata de una desgravación regresiva, puesto que favorece a las rentas más altas, que son las que pueden aplicarse la deducción completa y llegar a la máxima reducción posible de su factura fiscal. Otro de los argumentos que esgrimen los detractores de este beneficio fiscal es que la devolución de Hacienda supone un incentivo para la inversión en vivienda: “La propiedad tiene un premio fiscal que en España ha influido considerablemente en detrimento del alquiler”, reiteran numerosos expertos. Su creciente popularidad animó las compras y también la solicitud de hipotecas, incluso entre aquellos que podían pagar la casa al contado, ya que la posibilidad de disfrutar del beneficio fiscal durante más años llegaba a ser superior al coste financiero del crédito hipotecario en determinados supuestos. Del millón y medio de declarantes con alguna modalidad de deducción por vivienda en 1983 se pasó a más de siete millones en 2006, justo antes del estallido de la crisis. Por lo tanto, y a pesar de que es muy probable que el comité de sabios que está elaborando la propuesta de reforma fiscal incluya la supresión de esta deducción, Hacienda considera que suprimirla de un año para otro va en contra de los derechos adquiridos por los contribuyentes que se la vienen aplicando y, por ello, no tiene intención de hacerlo.

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Fuente: Cinco Días, La Razón
 

Los expertos fiscales divididos por la deducción por vivienda

En un par de semanas Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda tendrá sobre su mesa la propuesta elaborada por el comité de expertos. El ministro tiene su propia hoja de ruta. El plan del Gobierno es que la reforma entre en vigor en 2015, coincidiendo con año electoral, lo que provocará que la reforma quede rebajada sobre las expectativas iniciales. No obstante, el ministro ya ha advertido de que el plan fiscal se implantará en varias fases entre 2015 y 2017. Este calendario le daría la posibilidad al Gobierno de aplazar las medidas más polémicas ‐suprimir la deducción por vivienda con carácter retroactivo, limitar módulos o subir el IVA mediante la reclasificación de productos gravados a tipo superreducido al reducido y al general‐ hasta después de las elecciones.
Desde el pasado otoño, el grupo de sabios se reúne cada lunes para avanzar en la propuesta. Pero hasta hace poco no han empezado a trabajar con datos para comprobar el impacto de las medidas que proponen, según fuentes próximas al comité que coinciden en que hay tensiones entre algunos miembros. Existe un bloque conservador liderado por Manuel Lagares que aspira a presentar una reforma suave, al gusto de Montoro, y posponer las medidas más radicales. Hay otro bando de ideología más liberal que defiende una bajada de impuestos más ambiciosa. Entre ambos bandos existen diferencias. Por eso, el comité aún no tiene un informe con medidas concretas aunque manejan un documento que recoge los diferentes planteamientos. No obstante, en Hacienda aseguran que la propuesta que presente el grupo servirá de referencia pero admiten que se modificará con las opiniones del Ejecutivo. Fuentes próximas al comité consideran que en Hacienda tienen claro cuáles deben ser las claves de la reforma y asumen que el plan que presenten será retocado.
Uno de los principales puntos de conflicto en el seno del comité de sabios es qué hacer con la deducción por compra de vivienda en el IRPF para los que aún la disfrutan. Algunos expertos del comité abogan por suprimirla con carácter retroactivo. Pero la medida es controvertida y enfrentaría a una parte de la clase media con el PP en pleno año electoral. Así que la idea es mantenerlo o reducirla de forma escalonada ‐mantenerlo para rentas bajas y limitarlo para las altas poco a poco‐. Esa solución concordaría con lo que dijo el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, hace unas semanas: “No tendría sentido eliminar la deducción por vivienda de golpe y porrazo”. A cambio algunos de los expertos defienden la imputación de la vivienda, incluida la habitual, como renta presunta. Esta fórmula permitiría gravar la riqueza en forma de vivienda. Sería un gran cambio y supondría un coste para los ciudadanos. La base imponible del IRPF incluiría sumaría la cantidad resultante de aplicar un porcentaje mínimo, cerca del 2%, al valor catastral y permitiendo la deducción de los gastos asociados a la vivienda, como los intereses de la hipoteca. Sería recuperar un modelo parecido al que estaba en vigor con la ley de la renta de 1991. Otra de las soluciones que están sobre la mesa para elevar la recaudación y permitir una bajada de tipos es una fuerte subida del IBI.

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Fuente: El País

Los empleados con deducción por inversión en vivienda pueden reducir el tipo de retención

¿Es posible aumentar el salario neto sin que la empresa le suba el sueldo? La respuesta es sí. La legislación actual contempla la posibilidad de reducir el tipo de retención para aquellos empleados que aplican la deducción por inversión en vivienda y ganan menos de 33.007,20 euros anuales. Si se cumplen ambas condiciones, el asalariado puede solicitar antes del primero de enero de cada año a su empresa que le rebaje en dos puntos la retención del IRPF que sufre mensualmente en su nómina. No se trata de una rebaja fiscal. El beneficio tributario consiste en que el contribuyente aumenta su salario neto y cuando le toque presentar la declaración de la renta al ejercicio siguiente tendrá derecho a una menor devolución o le saldrá a pagar. En cualquier caso, en una situación en que muchas familias tienen problemas para llegar a fin de mes, la posibilidad de reducir el porcentaje de retención de la nómina supone una fuente de liquidez adicional. Por ejemplo, un contribuyente soltero y sin hijos con un sueldo anual de 33.000 euros sufre una retención del 19% en su nómina y su salario neto asciende a 2.053 euros mensuales en 12 pagas. Si tiene derecho a acogerse al beneficio fiscal, el tipo de retención en el IRPF se reduce al 17% y su sueldo mensual aumenta a 2.108 euros. Es decir, 55 euros más cada mes y 660 euros adicionales al año.

Todos los asalariados que cumplan los requisitos pueden pedir a su empresa que les aplique esta rebaja de dos puntos en las retenciones mensuales y no cabe la posibilidad de una negativa. Para ello, basta descargarse de la página web de la Agencia Tributaria el formulario 145, indicar que actualmente se aplica la deducción por inversión en vivienda habitual y entregar el documento a la empresa antes del 1 de enero para que tenga efectos el próximo año. Esta opción no existe para aquellos que compraron su casa habitual después de diciembre de 2012, momento a partir del cual el Gobierno suprimió la deducción por inversión en vivienda, el beneficio fiscal más relevante del IRPF.

Actualmente, 5,2 millones de personas tienen derecho a la deducción, que permite desgravar el 15% del dinero destinado a pagar la vivienda habitual con un límite de 9.030 euros anuales. El coste para las arcas públicas supera los 4.000 millones. Muchos expertos aseguran que este beneficio fiscal tiene cierta responsabilidad en la burbuja inmobiliaria.

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Fuente: Cinco Días
 

Publicado el: 27/12/2013 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
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