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La banca rechaza la ley andaluza antidesahucios

La banca critica con dureza el decreto de la Junta de Andalucía para expropiar inmuebles de la banca en los que realojar a desahuciados y sancionar los pisos vacíos de entidades, inmobiliarias y Sareb. La Asociación Española de Banca (AEB), que se reunió con representantes del Gobierno para tratar el tema, hizo público su descontento como parte de su estrategia de presión para que sea el Ejecutivo quien recurra el decreto ante el Constitucional. El Gobierno no se comprometió más allá de lo anunciado, es decir, a esperar al informe de la Abogacía del Estado para decidir con él si recurre la norma ante el Tribunal Constitucional.
“Tenemos una opinión que no es, obviamente, positiva”, declaraba Juan José Toribio, economista con el que la AEB llegó a un acuerdo a principios de mes “para la prestación de servicios en temas financieros y de relaciones institucionales en calidad de asesor técnico”. El decreto andaluz, defendió Toribio como portavoz de la AEB, “no da solución eficaz al problema sino todo lo contrario, complica más cosas de las que soluciona. Introduce restricciones al derecho de propiedad y esto es algo muy importante, aquí estamos tocando la médula de la economía de mercado”. “Se establece una expropiación forzosa temporal del uso que en nuestra opinión puede vulnerarla ley española de expropiación forzosa”. “Lamentamos que las cosas hayan ido por esta vía, manifestamos nuestra inquietud” por la medida, añadió Toribio, que también criticó las sanciones ‐de hasta 9.000 euros‐ que el decreto prevé para los pisos vacíos que tengan inmobiliarias, bancos y Sareb. “Establecen una norma según la cual si en el plazo de seis meses no se ha logrado alquilar o vender la vivienda se establece una sanción. Nos parece un sin sentido, vulnera derechos fundamentales”, concluyó.
La AEB publicó en su web un documento en el que, mostrando su “respeto y acatamiento” ante la normativa andaluza y defendiendo que comparte “la sensibilidad y la preocupación” por el drama de los desahucios, hacía pública su “disconformidad con algunos de los contenidos” del decreto de la Junta. Tanto el documento de la patronal como Toribio en sus declaraciones defendieron, además, que el de los desahucios es un “problema que está en vías de solución” y para el que “la banca ha hecho aportaciones y lo sigue haciendo” La nota de la AEB, en concreto, argumenta que los bancos han renegociado más de 400.000 préstamos hipotecarios desde que comenzó la crisis, han firmado el código de buenas prácticas, paralizado desahucios por dos años y aportado miles de viviendas al fondo social.

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Fuente: Cinco Días

El Gobierno estudia modificar la Ley del Suelo

El Gobierno estudia modificar la Ley del Suelo vigente para elevar las valoraciones de los terrenos destinados a edificar viviendas y evitar que se puedan expropiar como si fueran rurales -a un precio mucho menor-, como ocurre con la norma actual. Se trata de un pequeño cambio que podría ser favorable para los sectores inmobiliario y financiero. El Ministerio de Fomento quiere “dar seguridad jurídica” y volver a referenciar las valoraciones de los suelos a las ventas de activos similares en sitios cercanos. Es decir, por el método comparativo y no por el de capitalización de rentas, que se usa para los activos rurales y por el cual se miden, fundamentalmente, las expectativas agrícolas del terreno en cuestión (mucho menores que las inmobiliarias). De esta forma, la modificación legal que se estudia servirá “para que no se expropien a precio de patatal unos solares con expectativas económicas, pero que están parados por la crisis”, explican fuentes cercanas a Fomento. Esta modificación es “el escenario principal” y una de las “prioridades” del Ejecutivo en materia de vivienda, según fuentes parlamentarias. La idea es “alterar las valoraciones, para que las tasaciones sean más favorables al titular del suelo”, agregan fuentes cercanas a Fomento.  
Con la modificación los balances de los bancos mejorarían (no así la provisión de suelo, del 80%). “Esto significaría que los bancos van a poder ajustar el valor de sus activos; el nuevo valor (expropiatorio) estaría más cerca del valor apuntado en los balances que del valor real”, apunta Lucio Rivas, director de Gabinete de Urbanismo y Administración Pública. Además, las entidades podrían deshacerse con mayor facilidad de los suelos que tienen actualmente en balance. “Se va a reactivar el mercado, porque el promotor podrá pedir un préstamo más alto para ese suelo. Operaciones que antes no lo eran ahora serían viables”, agrega Rivas, que formó parte de la Comisión de Expertos que asesoró sobre la Ley de Suelo estatal. Un tercer alivio para los bancos será que la modificación de esta Ley frenaría las prácticas de los ayuntamientos para sobrevivir en plena recesión económica y fiscal. Actualmente, los consistorios están haciendo uso de dos figuras jurídicas que les permite la normativa. La primera, la expropiación forzosa, para quedarse a precio rural (hasta un 90% menos) aquellos terrenos urbanizables que no se hayan desarrollado tras un número determinado de años. Ello, se explica, con la intención última de que los bancos, antes de verse expropiados, edifiquen esos solares. La segunda ‘treta’ local es la “venta forzosa” de los terrenos no desarrollados, de forma que se obliga al dueño a traspasar el suelo, con un precio inicial del 50% de aprovechamiento lucrativo (es decir, la mitad del valor); todo lo que exceda de ese 50% se lo queda el ayuntamiento, con lo cual la venta no es beneficiosa para el titular del suelo.  

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Fuente: Expansión, El Mundo

Los notarios critican la ley del suelo

El decano del Colegio Notarial de Valencia, César Belda Casanova, señaló que la Ley de Suelo, de 28 de mayo de 2007, resulta “inadaptada a la situación actual”. Desde su punto de vista, la norma, publicada al final de la explosión inmobiliaria, en la fase previa a la crisis, ha contribuido a ralentizar aún más el crecimiento inmobiliario. Belda consideró esencial reformar el problema principal de este marco normativo, que, en su opinión, constituye “el valor del suelo y la regulación del reparto del enriquecimiento”. “Antes, el propietario del suelo que decidía no participar en los procesos de reparcelación era un obstáculo, pero ahora ya no. El propietario puede negarse a participar, pero esto conlleva a la expropiación del terreno, que es valorado en tal caso a un precio de suelo rural”, explicó. Con la actual legislación, la plusvalía queda transmitida del propietario al agente urbanizador, originando un perjuicio económico para el poseedor del suelo en caso de ser expropiado. Para paliarlo y acercar el valor del suelo al mercado, este notario propone “realizar subastas notariales. De esta manera, quien acude a la subasta deberá tener en cuenta las expectativas urbanísticas y el precio podrá acercarse más al valor del mercado”.
Con el real decreto de 2008, el derecho a urbanizar desaparece para el propietario que, según Belda, sí puede participar en la urbanización, siempre, claro está, que lo pueda financiar. Por último, el decano se quejó de la legislación diferente por cada comunidad autónoma.

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Fuente: Cinco Días

Publicado el: 27/11/2011 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
El alquiler de vivienda ganará peso si hay cambio de gobierno

En los programas electorales ante las elecciones del 20-N todos los partidos políticos hacen referencia directa o indirecta a la dación en pago y buscan una mejor salida para el excedente de pisos sin vender. El alquiler se perfila como una alternativa ante la falta de crédito para la compra y en esta materia el PP promete seguridad jurídica a los contratos de alquiler agilizar los procedimientos de resolución de conflictos y una fiscalidad de la vivienda adecuada. El PSOE apuesta por la coordinación de actuaciones de la Sociedad Pública de Alquiler con las comunidades autónomas. IU plantea incrementar el IBI en un 100% para los pisos vacios y expropiar las viviendas desocupadas, así como la creación de un parque público de viviendas en alquiler con el stock de banca y promotores. Por su parte, UPyD propone revisar la Ley de Arrendamientos Urbanos, aumentando las obligaciones y las garantías de las partes intervinientes y estimular fiscalmente la iniciativa privada para que desarrolle viviendas en régimen de alquiler.

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Fuente: La Gaceta

El reglamento de la ley del suelo acabará con expropiaciones inmobiliarias

La aprobación del reglamento de la Ley de Suelo tratará de poner fin a un sistema arcaico de expropiaciones por el que las Administraciones llegaron a pagar por los terrenos que necesitaban para construir infraestructuras hasta mil veces más de su valor real. El nuevo sistema de valoraciones prohíbe taxativamente que los justiprecios tengan en consideración las expectativas futuras de los suelos.  
El nuevo régimen de valoraciones no afecta, sin embargo, a las actualizaciones de valor que emprendan las entidades financieras de sus carteras de suelo a efectos hipotecarios. “Las tasaciones del suelo en el mercado libre se hacen según lo establecido en la orden ECO 805/2003 del Ministerio de Economía y Hacienda. Por lo tanto, el reglamento no es la referencia para la valoración de esos suelos. Evidentemente todas las transacciones, incluidas aquellas en las que interviene una administración pueden ser una referencia más en el mercado, pero como lo es cualquier otro tipo de transacción”, explican fuentes del Ministerio de Fomento.

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Fuente: Cinco Días

El Gobierno fija los criterios de valoración de suelo para evitar la especulación

El Gobierno ha aprobado un conjunto de criterios de valoración de suelo para supuestos de expropiación o reparcelación con el fin de evitar prácticas especulativas. Se trata del Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo, que desarrolla esta norma, cuyo objetivo último es "mejorar el funcionamiento del mercado del suelo, hacerlo más transparente y eficiente, combatiendo eventuales prácticas especulativas en la utilización del mismo". El ámbito de aplicación de la Ley del Suelo y, por tanto, de este Reglamento, no es cualquier valoración o tasación de inmuebles. Sólo se aplicará en supuestos de reparcelaciones, expropiaciones, ventas y sustituciones forzosas, así como en los casos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Según ha informado Fomento, dada la complejidad técnica de la valoración inmobiliaria, el texto presenta metodologías concretas aplicables a cada situación y las fórmulas matemáticas específicas, "con el objetivo de introducir el mayor rigor en las valoraciones, eliminando márgenes de error derivados de la inexistencia de dichas fórmulas". Del contenido del Reglamento de Desarrollo de la Ley del Suelo, figura el desarrollo de los métodos de valoración, de acuerdo con el criterio de estimar cuantitativamente el valor de sustitución de los inmuebles por otros similares en la misma situación, sin consideración, por tanto, de las posibles expectativas urbanísticas.

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Fuente: El Mundo

Plusvalía en la dación

A veces se olvida, o no se tiene en cuenta, que los ayuntamientos cobran el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbano, conocido como plusvalía, una vez que se transmite una propiedad. Cuando se trata de transmisiones a título lucrativo o gratuito (caso de las herencias o las donaciones), debe liquidar este impuesto quien adquiere la vivienda o el terreno. Cuando se trata de transmisiones a título oneroso, mediante precio (compraventas, permutas, expropiaciones…) está obligado al pago del impuesto quien transmite la propiedad salvo que no sea residente en España, en cuyo caso “el obligado al pago será el adquiriente como sustituto del contribuyente”. La dación es, desde el punto de vista jurídico, una transmisión de propiedad y, por tanto, sujeta al pago del impuesto. Se explica que cada entidad actúa de forma diferente y puede incluir en la documentación de la dación que sea ella misma la que se haga cargo del tributo (o de otros, o de los gastos de notaría…) o que sea el vendedor (quien entrega la vivienda aunque sea para saldar la deuda).   

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Fuente: El País

Los alcaldes podrán expropiar el suelo urbanizable más barato que el rústico

Con esta información abre el diario Expansión su edición de hoy. Informa que, según se desprende del Anteproyecto de Reglamento de la Ley el Suelo, los ayuntamientos podrán expropiar los solares urbanizables a precios más baratos que los rústicos. Se comenta que este documento, que llega más de tres años después que la norma que desarrolla, invade competencias autonómicas e incluye un precepto inconstitucional. Además, el reglamento incumple la propia Ley del Suelo, pues omite la exigencia de la licencia de primera ocupación como requisito para declarar terminada la obra. Ello se traduce, según se explica, en que el ayuntamiento no vigilará que la construcción se ajuste al proyecto aprobado, lo que da vía libre a las infracciones urbanísticas.

Fuente: Expansión

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Publicado el: 28/09/2010 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
Los alcaldes fuerzan a la banca a edificar bajo amenaza de expropiación

Con esta información abre el diario económico Expansión su edición de hoy. Explica que los ayuntamientos más afectados por la crisis ‐“sobre todo, los más dependientes del maná inmobiliario” ‐están buscando vías para sobrevivir a la falta de recursos y mitigar la sequía de sus arcas. La última fórmula, que se califica como “imaginativa, legal y, cuando menos, polémica”, consiste en amenazar a los bancos y las cajas de ahorros con expropiarles los suelos sin urbanizar o los solares sin edificar, si no los desarrollan.

Ahora que la actividad inmobiliaria deja casi 15.000 millones de euros al año menos en las arcas municipales que en la época del boom, los ayuntamientos están rastreando las transmisiones de suelos para localizar los que han pasado a manos de las entidades por daciones en pago o ejecuciones hipotecarias. Muchas veces, son los anteriores titulares los que responden al aviso del incumplimiento en sus deberes urbanísticos alertando del cambio. Una vez que constatan que el nuevo dueño es una entidad de crédito se le conmina a promover ese suelo, ya que si no lo hace podrá ser expropiado con una tasación a  precio rural (unas 10 veces más barato, aunque depende de la zona), con la Ley de Suelo en la mano. Ello conllevaría una fuerte pérdida en el balance de la entidad, que estaría entre la espada y la pared.

Fuente: Expansion

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Publicado el: 19/07/2010 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
Etiquetas: banca, expropiacion

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