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El banco malo tendrá más beneficios fiscales

El Gobierno quiere aplicar una fiscalidad beneficiosa a la gestión de los cerca de 50.000 millones de euros en activos que figuran en el balance de la Sareb. Para ello, propone que la sociedad sea considerada una “entidad de crédito” a efectos de la Ley de Impuesto de Sociedades, lo que permitirá que el banco malo pueda deducirse todos los gastos financieros derivados de su actividad, sin “los límites a los que, desde el año pasado y como norma general, están sometidas todas las entidades que no sean entidades de crédito o aseguradoras”, explica Javier Hernández Galante, socio de Ashurst. Actualmente, cualquier compañía que no sea una entidad de crédito o una aseguradora tiene un límite de deducibilidad de gastos del 30% del beneficio. Además, el Ejecutivo propone que los intereses y las comisiones de los préstamos transferidos al banco malo no sufran retención. Estas dos propuestas ponen a la Sareb en una situación de privilegio fiscal frente al sector promotor e inmobiliario, con el que compite actualmente en elmercado.
El Ejecutivo también propone que la venta de terrenos y edificaciones que estén en el balance de Sareb no se contabilicen para el cálculo de la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas, pese a que promotoras e inmobiliarias tributan por estas operaciones en función de los metros cuadrados que tenga la propiedad vendida. La venta de estos activos del banco malo a particulares, inversores, o su transmisión a sociedades pertenecientes en más de un 50% a la Sareb estarán exentos de esta tributación si el Ejecutivo saca adelante su propuesta.
Con el objetivo de estimular el canal de venta minorista del banco malo, el Ejecutivo quiere que las hipotecas formalizadas para comprar activos de la Sareb se ahorren el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (AJD), que es uno de los pasos previos y necesarios para la inscripción de una propiedad en el Registro de la Propiedad. En concreto, cuando un particular o inversor compre un activo de la Sareb, las garantías de la financiación estarán “exentas de la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de actos jurídicos documentados”. Esta propuesta supone un trato fiscal favorable frente a bancos y promotoras.

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Fuente: La Razón


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