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Los notarios ofrecerán las mismas garantías que un juez en un embargo

Entre las modificaciones legales que incluye la iniciativa del Gobierno para ampliar las garantías de los clientes hipotecarios ante el embargo de su vivienda -el grueso se limita a un código de buenas prácticas, cuyo cumplimiento será voluntario- está la de mejoras las subastas públicas de los inmuebles. Los Ministerios de Economía y Justicia trabajan para presentar lo antes posible un nuevo modelo más transparente y ágil. Entre otros cambios, el Gobierno busca priorizar la vía extrajudicial para sortear el atasco en los tribunales. El colectivo de notarios, que dirimiría estos procesos, anunció ayer que aportará las mismas garantías al ciudadano que les concede un juez. Así lo ratificaba el Consejo General del Notariado. El organismo emitió una circular –“de obligado cumplimiento"- en el que asegura que "pese a las dudas suscitadas por las diferencias legales" vía judicial y la extrajudicial, “los notarios podrán garantizar a los ciudadanos los mismos derechos en las ejecuciones hipotecarias”.  
El principal efecto de este compromiso se materializará en el hecho de que la entidad que embargue la vivienda no podrá adjudicársela por menos del 60% de su valor. El mismo porcentaje que impone un juez por ley. Este porcentaje fue elevado el pasado año del 50% al 60% para los procesos judiciales, pero no se modificó en la Ley Hipotecaria, que es la que rige en la vía extrajudicial y que no recoge un precio mínimo de adjudicación. Los notarios acordaron asumir estas mismas condiciones después de que el pasado 31 de enero, según fuentes del notariado, Justicia les informara de la intención del Ejecutivo de fomentar las resoluciones no judiciales en los procesos de embargo hipotecario. En el proceso de subasta del inmueble embargado se establece que el postor puede quedarse el inmueble por el 100% de su valor en la primera subasta o por el 75% en la segunda. En última instancia, si no existen más peticiones, que es lo usual, será el banco o caja quien se quede la vivienda en una tercera subasta. La importancia de que lo hagan pagando al menos un 60% de su valor, como ocurre en la vía judicial y prometen ahora los notarios, radica en que ese montante se le resta de la deuda al afectado por el embargo, que solo tendrá que hacer frente al saldo restante, descontando también los pagos que ya haya realizado. Dado que la vía extrajudicial tiene que estar recogida en la escritura pública y que hace falta el acuerdo de las partes - cliente y entidad-, el compromiso de los notarios supone un acicate para que los usuarios acepten procedimientos ante notario con la seguridad de que contarán con las mismas garantías que les concedería un juez.
Los notarios señalan que dado que “la normativa concursal española carece de mecanismos eficaces de carácter social cuando el ciudadano se encuentra en una situación de insolvencia, debido a su separación o divorcio, a estar en desempleo prolongado, a una incapacidad, etc.”, demandarán a Justicia que tome las medidas correspondientes para “equiparar nuestro ordenamiento jurídico al de los países de nuestro entorno”.  

simulador hipoteca

Fuente: Cinco Días, El Economista, ABC y La Razón


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