El decreto ley aprobado por el Gobierno para frenar los desahucios concederá dos años de respiro para determinados colectivos ‐familias vulnerables con rentas bajas‐ pero no protege al grueso de los potenciales afectados. A continuación se enumeran los pasos a seguir para eludir o retrasar el desahucio hipotecario, basada en las alternativas ofrecidas por la banca, el Gobierno o las asociaciones de abogados y consumidores.
El primer paso es siempre tratar el problema con la entidad que ha concedido la hipoteca. La comunicación debe ser fluida e iniciarse en cuanto hay apuros para afrontar uno o dos pagos de la cuota, ya que los problemas suelen ir incrementándose con el tiempo. Las entidades han puesto en marcha planes de renegociación que incluyen aplazamientos, modificación de las condiciones o conversión del contrato en alquileres sociales.
Existen determinados colectivos a los que las entidades firmantes del código de buenas prácticas para la banca, prácticamente todas, están obligadas a flexibilizarles la deuda hipotecaria. Son aquellas familias con todos sus miembros en el paro, para las que el pago de las cuotas hipotecarias supere el 60% del conjunto de sus ingresos ‐aunque sean prestaciones por desempleo‐ y en las que la hipoteca esté concedida sobre su única residencia, no superando esta los 120.000 euros en pequeñas poblaciones o los 200.000 en grandes ciudades. Si se forma parte de este grupo hay que acreditarlo ante la entidad, quién en el plazo de un mes deberá presentar un plan de refinanciación que incluye un periodo de carencia de cuatro años sobre el pago del capital y un límite de Euribor más 0,25 en los intereses. Si aun así no es posible hacer frente a la deuda, la entidad podrá ofrecer una quita y, en última instancia, saldar la deuda con la entrega de la vivienda y permitir que la familia siga residiendo en ella bajo un alquiler social durante dos años.
Para quienes queden fuera del umbral de protección del código se ha introducido el paraguas del decreto antidesahucios, que paraliza durante 24 meses el desalojo de familias numerosas, monoparentales con hijos, parados sin prestación o discapacitados siempre que cobren menos de 19.200 euros anuales y cuya cuota hipotecaria sea el 50% de sus ingresos.
Para el resto de afectados que no estén protegidos, la asociación de consumidores Ceaccu ha ideado una estrategia legal que permite aplazar el desahucio entre tres y 10 años. Se trata de “darle la vuelta a la tortilla” y que “el afectado que era la víctima del banco, pase a ser su verdugo tomando la iniciativa judicial”, resume el responsable del departamento jurídico de Ceaccu, Eugenio Ribón. Una vez que el banco acude al juzgado de primera instancia para reclamar la ejecución de desalojo, el procedimiento consiste en demandar al banco por las cláusulas abusivas del contrato hipotecario, lo que debe hacerse en el juzgado de lo mercantil.
Una vez presentada la querella ante el juzgado de lo mercantil, hay que acudir con copia sellada al de primera instancia en el que la entidad ha requerido el desahucio para que se suspenda. La paralización puede alargarse hasta a 10 años.
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Fuente: Cinco Días