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El Banco de España contratará gestores externos para tramitar las quejas por las cláusulas suelo

La avalancha de quejas por cláusulas suelo en las hipotecas recibidas por el Banco de España es de tal volumen que se auxiliará de gestores externos a fin de tramitarlas en plazo. Está obligado por la Orden Ministerial 2502/2012, enmarcada en la Ley de Economía Sostenible, a resolver cualquier queja en un máximo de cuatro meses, algo difícil de conseguir de no reforzar sus recursos de alguna manera. Por eso, el organismo ha sacado a concurso un servicio de apoyo al departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones, con un presupuesto máximo de 1,37 millones de euros ‐1,13 millones por el servicio, más el IVA correspondiente‐. El adjudicatario se ocupará de la tramitación íntegra: desde el registro, gestión y seguimiento, hasta la elaboración de una propuesta de resolución indicativa, que en modo alguno suplirá el veredicto final del Servicio de Reclamaciones.
El ritmo de entrada de reclamaciones se precipitó después de que el Tribunal Supremo anulase las aplicadas por BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco en marzo del pasado año. El Servicio de Reclamaciones pasó de abrir 240 expedientes en enero, dos meses antes del fallo, a 2.976 en octubre. Al cierre del año contabilizaba 16.432, con datos preliminares sin procesar todos los recibidos en noviembre y diciembre. Al abrir el concurso, mantenía 4.900 quejas tramitadas y sin alegaciones de la entidad concernida; 4.200 con alegaciones y 3.200 reabiertas, previamente archivadas por defecto en la documentación. El fallo alentó una oleada de reclamaciones y demandas, a sumar a los miles que desbordan los juzgados desde hace años ‐las quejas comenzaron cuando los hipotecados descubrieron que no podían beneficiarse del descenso del euríbor por el suelo en sus tipos‐. El ministro de Economía, Luis de Guindos, mandató al Banco de España a revisar que todas las entidades retiraban dicha condición si era irregular. Según el supervisor, son legales y pueden incluirse en el contrato, siempre que sean transparentes y no se oculten al cliente. Una ley elaborada a raíz de las quejas obliga a tomar razón manuscrita del cliente de que conoce su existencia y la acepta.

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Fuente: El Economista


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