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No puedo pagar las cuotas de la hipoteca, ¿qué hago?

 

No existen soluciones mágicas ni conseguiremos resolver el problema sin hacer renuncias pero sí podemos seguir algunas pautas para resolver la crisis con las menores consecuencias posibles.


La primera de las medidas a tomar esmantener la tranquilidad,es una situación muy complicada y el nerviosismo y las decisiones precipitadas no harán otra cosa que empeorarla. En segundo lugar, debemosevitar medidas drásticas en la medida de lo posible, como dejar de pagar sin más las cuotas de la hipoteca. Si actuamos así el desenlace podría ser fatal, nuestra deuda se incrementaría exponencialmente y finalmente quizá tendríamos que enfrentarnos a un embargo de bienes y un desahucio.


Para evitar males mayores, los expertos sugieren que lo mejor en estas situaciones es intentar negociar con la entidad bancaria algún tipo de carencia o excepción en el pago. Justificando si podemos los motivos por los que nos enfrentamos a esta situación, es posible que el banco acepte establecer un periodo en el que solo se pagarían los intereses del préstamo (periodo de carencia), o en el que se abonaría o amortizaría una parte muy pequeña de capital. Probablemente el banco aceptaría un periodo de uno o dos años, dependiendo de las circunstancias del cliente. Otra posibilidad que pueden ofrecer es un cambio en las condiciones del préstamo, reduciendo el tipo de interés a cambio de aumentar el plazo de amortización de capital.


Desde el año 2012 existe un Código de Buenas Prácticas Bancarias en el que se proponen algunas pautas para actuar en estos casos. Atendiendo a este código, para que se produzca una quita de la deuda, la cuota de la hipoteca tiene que suponer más del 60% de los ingresos del deudor, además previamente deben haberse activado un periodo de carencia y ampliación del plazo de amortización, así como haber bajado el tipo de interés del crédito. Solo si se cumplen estas características, el cliente podrá vender el inmueble a un precio razonable según los criterios del mercado y producirse así la quita de la deuda.

También para laaplicación de la dación en pagose pide que se hayan puesto en práctica previamente las otras opciones y que la cuota de la hipoteca supere el 60% de los ingresos, además, se pide que el valor de la vivienda no supere los 200.000 euros en ciudades de más de un millón de habitantes, 180.000 en ciudades de 500.000 o 120.000 en localidades más pequeñas.

 

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