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Nuevo revés a la banca de la justicia

 

La sentencia que condena a un banco a asumir la totalidad de los gastos asociados a la constitución de la hipoteca, incluyendo el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, del que las entidades bancarias habían sido liberadas en sentencias desfavorables anteriores, abre la puerta a un nuevo aluvión de reclamaciones. Y es que esta parte del crédito para la compra de la vivienda constituye la más abultada.

Concretamente, en el caso al que se refiere la sentencia, la magistrada condenó a BBVA a pagar a su cliente unos 4.000 euros, más los intereses legales generados, por el conjunto de gastos de constitución de la hipoteca al considerar nula, por abusiva, la cláusula del contrato en que se atribuían al consumidor todos los costes. La jueza basa su decisión, entre otros, en el fallo del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015 que declaró asimismo abusivo cargar al consumidor los costes derivados del contrato.

El banco ha indicado que recurrirá la decisión por entender que no se ajusta a Derecho y que el obligado al pago del impuesto según la Sala tercera del Tribunal Supremo es el prestatario. Queda por saber ahora si el Supremo vuelve a pronunciarse aclarando el criterio a aplicar y sentando jurisprudencia.

Dejando a un lado el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que supone un 70% de la factura, muchas entidades bancarias españolas han comenzado ya a aplicar un nuevo criterio en el reparto de los gastos de constitución de la hipoteca, es el caso de Bankia, el BBVA o el Banco Santander, no así del Banco Popular, aunque no sabemos cómo se resolverán ahora los casos pendientes tras su compra por el Santander.
 


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