Bancos y cajas presentaron matizaciones a la nueva circular que establece cómo y cuándo se deben provisionar los créditos morosos. El Banco de España hizo ayer oficial el texto definitivo, que se publicó en el Boletín Oficial de Estado (BOE) sin cambios sustanciales y que entrará envigor el próximo 30 de septiembre.
La norma endurece las provisiones para bancos y cajas, al incrementar al 30% las que deben realizar por los activos inmobiliarios adjudicados por impagos a partir de llevar 24 meses en balance. Si el plazo es inferior la cobertura será del 20%. El supervisor subraya que la antigüedad en balance de los activos recibidos en pago de deudas es un “inequívoco” indicio de deterioro, y que “en ningún caso la entidad retrasará el reconocimiento de este deterioro”. Los nuevos porcentajes de cobertura aplicables a los créditos dudosos de cliente y “por acumulación de importes morosos en otras operaciones” serán del 25% hasta los seis meses; del 50% para un periodo de entre seis y nueve meses; el 75% para nueve a 12 meses y el 100% para un año, lo que reduce considerablemente el periodo para su provisión.
Fuente: El Pais
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