Hacienda indica que las personas que hayan recibidodevoluciones correspondientes a las cláusulas suelo, cuando éstas hayan sido previamente utilizadas para deducciones por adquisición de vivienda habitual, deben regularizar su situación.
¿Cómo se establece que se hará?
Pues añadiendo las cantidades que se hayan deducido y que ahora hayan sido devueltas a la cuota líquida del año en el que se alcanzó un acuerdo con la entidad bancaria. Los ejercicios que se incluirán son aquellos que no hayan prescrito, con carácter general, cuando se haya llegado a un acuerdo en 2016, serán los de 2012, 2013, 2014 y 2015.
Los intereses de demora y las indemnizaciones no tendrán que ser agregados.
Las cantidades deducidas en su momento se incluirán en las casillas (524) y (526).