- Comprobar la coincidencia entre las condiciones financieras de la
oferta vinculante y las del documento contractual advirtiendo al
prestatario de las diferencias que pueda haber y de su derecho a
desistir de la operación.
- En los préstamos a tipo variable, advertir al prestatario:
- Si el índice pactado no es oficial
- Si el tipo fijo inicial es menor que el variable pactado a esa fecha
- Si se pactan límites a la variación del tipo de interés
- En los préstamos a tipo fijo, comprobar que la T.A.E. consignada es correcta
- Advertir
al prestatario sobre las comisiones previstas por reembolso anticipado,
sobre las limitaciones pactadas para dicho reembolso o sobre la omisión
de previsiones sobre dicho extremo
- En los préstamos en divisas, advertir al prestatario sobre el riesgo de variación en el tipo de cambio
- Comprobar que en cláusulas no financieras no se incluyan comisiones o gastos no recogidos en las cláusulas financieras
Fuente:
Banco de España