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Cambios sobre la marcha en los préstamos personales

Una vez que el plan de amortizaciones está en marcha, cabe la posibilidad de modificarlo mediante pagos anticipados de parte o de toda la deuda pendiente (cancelación anticipada parcial o total, respectivamente), si así viene recogido expresamente en el contrato, o si usted consigue llegar a un acuerdo con la entidad con posterioridad a su firma. En cualquier caso, si se trata de un crédito "al consumo", el cliente siempre podrá reembolsar anticipadamente, de forma total o parcial, y en cualquier momento el préstamo concedido. En todos estos supuestos, el cliente debe tener en cuenta las posibles comisiones bancarias de amortización anticipada pactadas.

La cancelación anticipada parcial puede tener dos efectos distintos, según pacte con la entidad que le presta el dinero: o disminuir el importe de las cuotas periódicas pendientes (es decir, que se paga menos), o adelantar el vencimiento del préstamo (es decir, que se acaba de pagar antes). La cancelación anticipada de la totalidad de la deuda pendiente implica el vencimiento y cierre del préstamo.

Si lo que se produce es la cancelación anticipada de la totalidad de la deuda pendiente, el préstamo se cierra.


Fuente: Banco de España
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