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Un juez devuelve el dinero de las cláusulas suelo

El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Orense ha decidido ignorar la última jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de cláusulas suelo, que niega la devolución de las sumas pagadas injustamente cuando la cláusula se declare nula por abusiva.
Se trata de un fallo de 13 de mayo de 2013, dictado pocos días después de la sentencia del Alto Tribunal (de 9 de mayo). En aquel fallo, que la banca recibió como una victoria, se fijó que, dado que la devolución solicitada “generaría el riesgo de trastornos graves con trascendencia al orden público económico”, no era posible reconocer efectos retroactivos a la decisión de nulidad de las cláusulas. Contra este criterio, la magistrada‐juez titular del Juzgado de Orense condena a una entidad bancaria a devolver la suma correspondiente a la aplicación de la cláusula nula. Se trata, en concreto, de una cláusula suelo del 9% para un suelo del 3,25%. En su argumentación, la magistrada asegura no poder obviar que la aplicación de tal criterio “vulnera la tutela judicial efectiva”, a lo que se suma que, en aquel momento, el criterio del Supremo no fue solicitado por ninguna de las partes.

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Fuente: El Economista

Publicado el: 08/06/2013 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
El PSOE propone que las entidades financieras nacionalizadas quiten las cláusulas suelo

El PSOE ha registrado, para su debate en el Pleno del Congreso, una proposición no de ley en la que exige al Gobierno que obligue a las entidades financieras que están nacionalizadas a anular las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios, y que inste al resto de bancos a ofrecer esta posibilidad a sus clientes. Los socialistas apelan a la necesidad de hacer efectiva la sentencia del Tribunal Supremo de mayo en la que se declaran nulas las cláusulas suelo de BBVA, Cajas Rurales Unidas y NGC por considerarlas abusivas. Aunque el fallo no tiene efectos retroactivos y estas entidades no tendrán que devolver nada a sus clientes afectados, sí prevé que tengan que cesar en su utilización. La proposición no de ley pide que las entidades afectadas por el fallo lo acaten de inmediato y que las que están participadas mayoritariamente por el FROB “eliminen y dejen sin efecto las cláusulas suelo y techo de los contratos vigentes, a no ser que el titular estime mantenerlas”. Para el resto de entidades, proponen que estén obligadas a ofrecerla posibilidad de eliminarlas.

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Fuente: El Economista

Publicado el: 06/06/2013 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
El BBVA estudia eliminar las cláusulas suelo en sus hipotecas

La sentencia del Tribunal Supremo en materia de cláusulas suelo e hipotecas, fechada el pasado 9 de mayo, surtió efecto en la banca. El BBVA ya estudia eliminar este polémico punto de todos los préstamos hipotecarios concedidos por el banco, según confirmaron fuentes conocedoras de la iniciativa. La entidad podría hacer oficial este anuncio de forma inmediata. BBVA rehusó hacer declaraciones sobre dicha iniciativa.
El contenido de la citada sentencia obliga a la banca a advertir a sus clientes de que si firman una hipoteca con cláusulas suelo no podrán beneficiarse de determinadas bajadas del euríbor. Tras conocer la situación, algunas entidades afectadas  ‐BBVA, entre ellas‐ presentaron un recurso de aclaración al Alto Tribunal con el objetivo de aclarar los efectos inmediatos de la sentencia, según precisaron fuentes financieras. En concreto, los bancos quieren saber si la sentencia debe aplicarse de manera automática a los clientes con cláusulas de suelo similares o idénticas a las analizadas o, por el contrario, solo sería aplicable caso a caso, teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes en cada operación. Las entidades esperan una respuesta del Supremo para saber cómo proceder, según las mismas fuentes.
Fuentes conocedoras del plan del BBVA advirtieron que la futura decisión podría entrar en vigor con carácter retroactivo, con fecha 9 de mayo de 2013 ‐el mismo día que se dictó la sentencia‐ y que en la entidad, en estos momentos, ya se está trabajando en cómo plasmar oficialmente la supresión del suelo en las hipotecas, al mismo tiempo que un departamento elabora la adaptación de sus préstamos a la nueva reforma de la legislación. No obstante, este adiós al suelo en las hipotecas concedidas por el banco, no supondrá la devolución de las cantidades cobradas hasta ahora por esta cláusula.
El auto del Supremo, que sienta jurisprudencia y ante el que no cabe recurso, posibilitaba que todos los afectados, de manera individual o colectiva, pudieran presentar reclamaciones. “Condenamos a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, Cajas Rurales Unidas, SCC y NCG Banco SAU a eliminar dichas cláusulas de los contratos en los que se insertan y a cesar en su utilización”, consta en la sentencia. Fuentes del sector hipotecario reconocieron que estas palabras obligan a “quitar la cláusula de todos los contratos y dejar de comercializarla, por lo que BBVA estaría cumpliendo una orden”, matizaron. El banco ya baraja incluso la posibilidad de no cargar el importe correspondiente al suelo a partir de las cuotas del próximo mes de junio.

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Fuente: El Mundo

Publicado el: 29/05/2013 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
Las cláusulas suelos encarecen 130 euros al mes la hipoteca

Según la sentencia del Tribunal Supremo, del 9 de mayo, la banca deberá avisar expresamente al cliente de la existencia de cláusulas suelo en el contrato y explicarle de forma clara lo que implican. Así, y aun siendo lícitas, solo si son “comprensibles” y “transparentes” este tipo de condiciones serán válidas, mientras que se declaran nulas en los casos en los que haya “falta de transparencia”. Hasta que el euríbor no empezó su senda bajista en 2009 muchos hipotecados no eran conscientes de que se les estaba aplicando, dado que aunque el euríbor bajaba su hipoteca no se abarataba. Fue entonces cuando surgieron varias demandas de afectados contra algunas entidades por considerar esta maniobra como abusiva.
Por ejemplo, una hipoteca con un diferencial del 2% sobre el euríbor, cuya media mensual se sitúa en el 0,49%, arroja un tipo de interés del 2,49%. Si el préstamo tiene un suelo del 3%, impide que el cliente se beneficie de unos tipos más bajos. Existen herramientas que permiten calcular cuánto se paga de más por la cláusula suelo durante la vida de la hipoteca. Así, para una hipoteca media de 104.000 euros a 25 años a euríbor +1%, sin suelo la cuota mensual asciende a 416 euros, pagando al cabo del plazo de amortización, y en el supuesto de que la cotización del euríbor se mantenga, 124.780 euros. Con un suelo hipotecario del 3%, el pago alcanzaría los 493 euros al mes y un total de 147.954 euros. Con un suelo del 4%, la letra mensual sería de 549 euros y la suma total de 154.685 euros, lo que encarece la hipoteca en 133 euros mensuales y en algo más de 29.900 euros. En el caso de un suelo del 5%,se pagaría una cuota de 608 euros al mes y un montante final de 182.392 euros.

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Fuente: Cinco Días

La nulidad de las cláusulas suelo sólo se producirá en casos concretos

Francisco Uría, socio responsable del sector financiero de KMPG en España, sobre el anuncio del Tribunal Supremo de la resolución de un recurso de casación sobre las denominadas cláusulas suelo comenta: “debe elogiarse que, según la información comunicada, el Alto Tribunal haya sabido alejarse de la tentación de una sentencia 'fácil' y haya decidido adentrarse por el camino, más correcto técnicamente, pero siempre más angosto, de los matices jurídicos y los detalles”. “Concretamente, el Tribunal Supremo ha rechazado la pretensión de una declaración de nulidad 'general' de las cláusulas suelo, especificando que dicha nulidad sólo se producirá en casos concretos”. Explica el autor que “lo cierto es que, desde una perspectiva puramente financiera, si tenemos en cuenta datos objetivos como el coste de emisión de la deuda pública española, la inflación, el coste de financiación de la banca española en los mercados o el coste de los depósitos; lo que le cuesta a una empresa o particular obtener financiación o incluso obtener un crédito de una entidad bancaria a día de hoy y, a la vista de los tipos hipotecarios que son normales en toda Europa, podríamos llegar a la conclusión de que los tipos que se están aplicando a los clientes españoles con préstamos otorgados hasta el año 2008 ‐con o sin cláusulas suelo‐ no resultan en absoluto desproporcionados. Recordemos que el tipo preferencial al que el BCE va a financiar a Chipre es del 2,75%,reconociendo expresamente que está por debajo del mercado”.
La sentencia, recuerda Uría, no ha sido todavía redactada y “en esta situación, los efectos de esta relevante sentencia no resultan fáciles de predecir, y habrán de determinarse caso a caso, de forma que, solicitada la declaración de nulidad de una cláusula suelo en un contrato determinado, el órgano judicial competente habrá de decidir si, como dice el Alto Tribunal, se cumplen o no en ese caso “los requisitos de transparencia respecto de los consumidores”. No parece existir, pues, un efecto directo derivado de la sentencia. Se garantiza así la seguridad jurídica en la resolución de la controversia puesto que esos requisitos de transparencia implican una referencia regulatoria precisa. Existen normas en nuestro ordenamiento, vigentes al tiempo en que se redactaron los contratos, que los establecen de forma taxativa”.

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Fuente:Expansión

Las entidades financieras tendrán que informar de la existencia de cláusulas suelo

El Gobierno obligará a las entidades financieras a informar a sus clientes de la existencia de cláusulas suelo o techo cuando firmen una hipoteca, con el objetivo de fortalecer la protección del deudor en relación con el banco, aunque no se limita (al menos de momento) el margen de variabilidad de los tipos. Una previsión que forma parte de las enmiendas parciales presentadas por el PP al proyecto de ley antidesahucios, en la que se incluye la obligación del banco a exigir una “expresión manuscrita” del cliente reconociendo que “ha sido adecuadamente advertido de los posibles riesgos derivados” del contrato de préstamo. Además, se precisa que este reconocimiento expreso de haber recibido información será obligatorio en las hipotecas sobre vivienda o para adquirir o conservar derechos de propiedad sobre terrenos o edificios cuando se trate de un préstamo multidivisas, vaya asociado a la contratación de un instrumento de cobertura del riesgo de tipo de interés o cuando “se estipulen limitaciones a la variabilidad del tipo de interés, del tipo de las cláusulas suelo y techo, en los que el límite de variabilidad a la baja sea inferior al límite de variabilidad al alza”. De esta manera, el PP solventa un problema que el Tribunal Supremo apreció cuando sentenció la nulidad de las cláusulas suelo en los casos en que se produzca una falta de transparencia, aunque sin poner en tela de juicio la propia existencia de estas cláusulas.

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Fuente:Cinco Días

El euríbor marca mínimos históricos

El euríbor a 12 meses cerró marzo en el 0,545%. La cifra supondrá un notable alivio para los hipotecados: una hipoteca media de 150.000 euros a 25 años contratada hace un año y que se revise en abril pasará de abonar mensualmente una cuota de 600 euros a una de 535. Este ahorro de 65 euros mensuales se traduce, en términos anuales, en 780 euros. Hace un año, el euríbor se situaba en el 1,499%, casi tres veces más que ahora. La rebaja de marzo rompe con dos meses consecutivos de subidas; en enero había marcado su primera subida mensual desde octubre de 2010. El índice está a un paso del mínimo histórico en su cotización diaria del 0,53%, registrado el pasado diciembre. Pero la tendencia de las últimas sesiones ha cambiado y, después de los problemas con el rescate de Chipre, el euríbor ha llegado a repuntar al 0,553% marcado el 22 de marzo.
Para una hipoteca de mayor cuantía y un plazo de amortización más largo, el ahorro en la revisión con el dato de marzo es lógicamente más elevado. Así, si el préstamo es de 250.000 euros y se paga a 30 años, el ahorro mensual en la cuota supera los 100 euros, al pasar de 863 a 753 euros. En términos anuales, el ahorro alcanza los 1.300 euros. Estos cálculos no tienen en cuenta el diferencial que las entidades aplican sobre el citado índice euríbor. No obstante, de este descenso solo se podrán beneficiar aquellos préstamos hipotecarios que no incluyan una cláusula suelo. El pasado 20 de marzo, el Tribunal Supremo declaró la nulidad de las cláusulas suelo en los casos en que se produzca una falta de transparencia. La decisión del Supremo, pese a sentar jurisprudencia, está pendiente aún de que se redacte la sentencia, pero no comportará la devolución al hipotecado de las cantidades que ya haya satisfecho al banco por las citadas cláusulas suelo.

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Fuente:Cinco Días, El Economista, El País, ABC

Se dispara la ejecución hipotecaria

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Gonzalo Moliner, informó en el Congreso de que las ejecuciones hipotecarias han registrado un incremento del 134,13% en 2012, lo que ha acarreado la “consiguiente creación de un conflicto social”. Moliner, según aclaró un portavoz del Poder Judicial, se refería al total de procedimientos de ejecuciones hipotecarias iniciadas en 2012 y no solo a los desahucios de familias. Las ejecuciones hipotecarias no son exactamente desahucios de viviendas, ya que incluyen también los lanzamientos de plazas de garaje, segundas residencias o locales comerciales en uso o no. En números redondos, en lo que va de año se habrían iniciado en España 182.178. Moliner destacó que el número de asuntos ingresados en la Jurisdicción Civil en los tres primeros trimestres de 2012 ha disminuido un 3,05%. Esta reducción ha sido provocada por la disminución experimentada en los Juzgados de Primera Instancia (‐3,56%), Mercantiles (‐2,16%), y Primera Instancia e Instrucción (6,40%). Según ha dicho, estos datos llevan a la conclusión de que “en realidad no ha descendido la litigiosidad, sino que se ha modificado la calidad de la misma, siendo sorprendente el incremento de las ejecuciones hipotecarias con la consiguiente creación de un conflicto social de reciente memoria”. 

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Fuente: El País, El Economista, Expansión, ABC, La Vanguardia

El Tribunal Supremo avala la Ley Hipotecaria

El Tribunal Supremo hace caso omiso de las sentencias que están dictando jueces de distintas instancias inferiores y avala sin ambages la Ley Hipotecaria y el marco jurídico sobre contratos vigente. Así se desprende de sentencias recientes del Alto Tribunal que confirman la obligatoriedad de distintos contratos financieros, como préstamos hipotecarios o productos derivados, y rechazan la existencia de condiciones o intereses abusivos.
El Supremo se atiene a la legislación y, en una reciente sentencia, reconoce que, en los préstamos hipotecarios, no es posible entrar a valorar el equilibrio de las prestaciones entre las partes ni moderar los intereses en función de la legislación de consumidores o la ley contra la represión de la usura. Y lo hace en un fallo en el que juzga un caso en el que se pedía la nulidad de un préstamo hipotecario por haberse fijado un tipo de interés del 20%.  
En otra sentencia, el Alto Tribunal resuelve un asunto en el que unas personas habían comprado unas viviendas con el fin de venderlas sin haber escriturado siquiera y especular así con ellas. Con la caída del mercado inmobiliario decidieron finalmente no adquirirlas y la promotora les demandó exigiendo que cumplieran con su obligación contractual. Los compradores alegaron que no podían comprar porque no les era posible subrogarse en el préstamo hipotecario. El banco, por su parte, se negó a permitírselo ante su escasa solvencia. En este fallo, el Supremo rechaza la posición de los clientes y sostiene que “los compradores adquirieron con fines especulativos, lo que les podría haber generado una rápida ganancia, obteniendo un precio superior al pactado con la promotora que había dirigido el largo proceso de construcción”. Prosigue que “los compradores cuando se integran en un proceso de rápida obtención de beneficios con la consiguiente disposición urgente de la inversión se están sometiendo a una situación de riesgo aceptado que no pueden intentar repercutir sobre la vendedora, que ningún beneficio obtiene de las ulteriores ventas”. Así, concluye el Supremo, “los recurrentes pretenden aceptar los beneficios de la especulación, pero repercutiendo a la vendedora las pérdidas que se pudieran causar, lo que es contrario a la buena fe”.

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Fuente:Expansión

Los jueces solicitan reformas para solucionar el problema de los desahucios

Bilbao acogió un congreso sobre Justicia y medios de comunicación en el que el drama de los desahucios se convirtió en protagonista. Juan Carlos Mediavilla, juez decano de Baracaldo (Vizcaya), ya adelantó la posición de los magistrados, cuando ordenó el levantamiento del cadáver de Amaia Egaña, que se arrojó al vacío cuando la comitiva judicial subía las escaleras para desalojarla a ella y a su familia por impago de la hipoteca. Según dijo Mediavilla, “hay que hacer reformas para evitar estas tragedias”. Esa argumentación tuvo su continuación en el citado congreso. Gonzalo Moliner, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), reclamó en la apertura del evento que no haya “demoras” en la toma de medidas para solucionar el problema social de los desahucios. Añadió que el Poder Judicial está “integrado por ciudadanos que no son ajenos a la sociedad en la que viven”, en relación con la “dramática situación” de las personas que no pueden hacer frente al pago de sus hipotecas.
En esa línea argumental abundó Juan Luis Ibarra, presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). En relación con los desalojos de las viviendas, señaló que los jueces intentan “sacar chispas de la justicia”, en la interpretación de las normas actuales y en favor de aquellos ciudadanos que viven una situación que “a veces se revela injusta”. Ibarra defendió que “ninguna persona que esté en un procedimiento ejecutivo hipotecario en el que haya riesgo de pérdida de la vivienda familiar quede sin defensa jurídica. Esa es la primera de las garantías y nos corresponde a los jueces hacerla efectiva”.

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Fuente: Cinco Días

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