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Se suavizan los requisitos de concesión de visados a inversores

El Gobierno ha preparado una serie de cambios en el sistema de permisos de residencia que se conceden a cambio de inversiones en España.
El llamado visado de oro o golden visa fue creado para atraer a extranjeros de fuera de la UE que, o bien compraran viviendas de un precio mínimo de 500.000 euros sin contar los impuestos, o bien destinaran dos millones de euros a adquirir deuda pública o se hicieran con un millón de euros en acciones, así como para aquellos que impulsaran proyectos empresariales. De septiembre del año 2013 a diciembre del año 2014 han conseguido la residencia 530 extranjeros y la mayoría de ellos (490) lo han hecho comprando viviendas lujo.
El Ejecutivo ha modificado algunas cuestiones técnicas y jurídicas que entorpecían los permisos. Por ejemplo, un emprendedor que quería poner en marcha una empresa en España cuando acababa un máster en una escuela de negocios en nuestro país, tenía que irse del país primero y luego comenzar el proceso y la solicitud desde el extranjero. Ahora, este tipo de emprendedores podrá solicitar directamente la autorización de residencia desde España, sin el paso previo de pedir un visado de inversor desde fuera.
No se ha modificado ninguna de las condiciones económicas para poder acceder a estos permisos, ni tampoco ninguna de las garantías legales, pero sí se ha facilitado el proceso desde el punto de vista técnico: del programa también podrán beneficiarse las parejas de hecho, no solo los matrimonios, los hijos mayores de edad y los ascendientes dependientes económicamente.
En el caso de las compras de vivienda, también se dará el visado o autorización de seis meses a quienes no han formalizado la adquisición del inmueble, pero ya han firmado el contrato de arras y han depositado el dinero (en el proceso de compra, además, pueden estar en España de forma temporal).
Además, antes el plazo entre que se hacía la inversión financiera y se pedía el visado no podía exceder los tres meses y ahora se amplía hasta un año.
Otro cambio es que los inversores ya no tendrán que visitar España para poder pedir la renovación del permiso de residencia. Además, estas autorizaciones ya no se tendrán que renovar cada dos años (y demostrar que la inversión sigue vigente), sino que se hará cada cinco años.
Y durante el periodo de gestión del permiso contarán con la residencia en España hasta que se resuelva el procedimiento, para evitar lo que le ocurría a aquellos extranjeros que agotaban el plazo para prorrogar su permiso y que durante el plazo que duraba el procedimiento se veían obligados a salir del país.

 


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