El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Cáceres, en una sentencia del 20 de marzo, ha condenado a Caja Extremadura a eliminar la cláusula suelo por abusiva de un contrato hipotecario. En concreto, la cláusula establecía que el cliente debía pagar, independientemente de la fluctuación del euríbor, un interés mínimo del 4,75% con un techo máximo del 12%. La sentencia asegura que hubo una “ausencia de información “por parte de la entidad y que la cláusula “no fue negociada individualmente” con el cliente. Por ello, entiende que la relación era “desequilibrada y perjudicial para el consumidor y en contra de los postulados de la buena fe”.
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Fuente: El Economista