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Fomento concederá un subsibio para el alquiler a familias con bajos ingresos

El Gobierno prevé conceder un subsidio de hasta 200 euros al mes a 200.000 familias con problemas económicos para pagar el alquiler durante lo que resta de 2014, 2015 y 2016. A través del Plan Estatal de Vivienda 2013‐2016, el Ministerio de Fomento abonará entre un 33% y un 40% de la renta mensual a los hogares con ingresos de menos de 22.365 euros anuales que arrienden casas por menos de 600 euros. Con esta medida se busca sustituir a la vivienda de protección oficial (VPO), ya que no es una salida válida actualmente para las rentas bajas porque en multitud de provincias la VPO ya es más cara que la vivienda libre.
La nueva ayuda se concederá durante 12 meses prorrogables a toda la vigencia del plan. Podrán cobrar este subsidio al alquiler de vivienda libre las familias o personas con un límite de ingresos inferior a tres veces el Iprem (22.365 euros anuales), pero la cuantía será modulable según el número de miembros de cada hogar, para primar a los más necesitados. Además, tendrán preferencia las personas desahuciadas.
 

El Gobierno valora ampliar la moratoria de las ejecuciones hipotecarias

El Gobierno se está planteando la posibilidad de ampliar la vigencia de la moratoria de las ejecuciones hipotecarias, que acaba el próximo mes de noviembre, dado que esta medida "continúa siendo necesaria" a juicio del ministro de Economía, Luis de Guindos.
Según el ministro de Economía el Ejecutivo está "atento" a la evolución de los desahucios que, según los últimos datos del Banco de España, cayeron un 8,87% en el año año 2013 en relación con las viviendas habituales, aunque se incrementaron en términos generales.
Durante 2013 se produjeron casi 39.000 desahucios, lo que, en opinión del ministro, hace que "continúe siendo necesario" mantener medidas como la moratoria de dos años que se aprobó mediante decreto ley en noviembre de 2012 y que, por tanto, caducará en apenas tres meses.

Alargar el proceso de desahucio encarecerá la hipoteca

El Gobierno está preparando una reforma normativa exprés para dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que considera que el procedimiento español para ejecuciones hipotecarias viola la norma comunitaria. Con los cambios legales, será más fácil frenar un desahucio. La banca cree que con esta medida las garantías hipotecarias perderán valor, lo que provocará un encarecimiento de las hipotecas. Los deudores hipotecarios que vean desestimada su oposición a la ejecución de sus hipotecas podrán recurrir ante el juez, de modo que se dé cumplimiento al fallo del TJUE, que declaró la actual regulación en esta materia contraria a la normativa comunitaria.
Una sentencia del TJUE determinó que la legislación antidesahucios de España viola la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, que consagra el derecho a la tutela judicial efectiva de todos los ciudadanos, ya que mientras la banca sí puede recurrir en segunda instancia si el juzgado da la razón al deudor y suspende la ejecución por existir cláusulas abusivas, los consumidores no podían proceder del mismo modo cuando se falla a favor del banco.
Según las entidades bancarias uno de los inconvenientes de esta medida es que la nueva operativa con la que se consigue frenar los desahucios se asemeja a un proceso ordinario, lo que lleva consigo el retraso en la búsqueda de una solución. Alargar el proceso provoca un deterioro del valor de las garantías hipotecarias con las que se avala el crédito. Y al final será el cliente que contrate un crédito para la compra de una vivienda el que asumirá estos costes, ya que las entidades financieras encarecerán el precio de sus hipotecas.
 

Con la reforma fiscal se acelerará la venta de viviendas compradas hace más de 20 años

La tributación de la venta de viviendas usadas se va a disparar como consecuencia de la rebaja de beneficios fiscales que el Gobierno ha incluido en la reforma fiscal.
El recorte de beneficios fiscales afecta a los inmuebles que se adquirieron antes del 31 de diciembre de 1994, ya que desaparecen los coeficientes de corrección de la inflación y los de abatimiento, los cuales permitían reducir una parte de la ganancia patrimonial generada hasta el 20 de enero de 2006. Los coeficientes de actualización se aplican sobre el importe real de la adquisición, atendiendo al año en que se haya satisfecho, o sobre el valor de adquisición a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, atendiendo al año de la adquisición.
La plusvalía por la que habrá que pagar a Hacienda tributa al tipo del ahorro: entre el 20% y el 24% en el 2015 y entre el 19% y el 23% en 2016.
Esta medida no afectará a la vivienda habitual en los casos en que la ganancia obtenida se reinvierta en la nueva residencia habitual del contribuyente. En estos casos una parte, seguirá exenta de tributación.
 

Aplicación de la nueva fiscalidad en la dación en pago

El Gobierno incluyó en el real decreto‐ley aprobado el pasado 4 de julio una exención tributaria en los supuestos de daciones en pago y ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales ya que era un contrasentido el hecho de que un contribuyente que hubiera perdido su vivienda por impago en términos fiscales tuviera una ganancia patrimonial.
Un contribuyente que no fuera capaz de pagar las cuotas hipotecarias se enfrentaba a una ejecución o, en algunos casos, negociaba una dación en pago, es decir, el contribuyente saldaba la deuda con su entidad financiera a cambio de la vivienda y de ese trámite derivaba una ganancia patrimonial. Con la ley vigente hasta el 4 de julio esto suponía pagar a Hacienda por el supuesto beneficio fiscal.
Con el cambio normativo incluido en el real decreto‐ley la plusvalía derivada de la dación en pago quedará totalmente exenta. Lo mismo sucederá si el beneficio procede de una ejecución hipotecaria. Esta exención está limitada a la vivienda habitual y será aplicable siempre y cuando el contribuyente no disponga de otros bienes para afrontar el pago de la totalidad de la deuda. Esta nueva normativa tiene efectos retroactivos a partir de enero de 2014 y los ejercicios anteriores no prescritos. Lo cual significa que si un contribuyente ya asumió a partir del ejercicio de 2010 la tributación por una dación en pago que generó una plusvalía, podrá reclamar a Hacienda que le devuelva el dinero ya pagado. Esta misma medida se aplicará en el caso del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, tributo recaudado por los ayuntamientos en función del incremento del valor catastral.
 

Remite la caida de la obra de rehabilitación

El Gobierno ha logrado que remita, aunque aún tímidamente la caída de la rehabilitación. Los 7.312 visados concedidos entre los meses de enero y abril para reformas en viviendas son prácticamente los mismos que los otorgados en el primer cuatrimestre del año 2013. No obstante, en algunas comunidades autónomas, como Madrid, se percibe un repunte, como lo demuestran los 908 certificados de inicio de obras visados en Madrid capital entre enero y abril, por los 754 firmados en el mismo periodo un año antes, un 20% más. Y otro dato también importante es que las obras que se inician se terminan. Algo que en los últimos años no estaba sucediendo.

Publicado el: 16/07/2014 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
La Agencia Tributaria eleva a partir del 2015 el IRPF para los vendedores de casas usadas

El Gobierno ha suprimido la corrección por inflación y los coeficientes de abatimiento en la reforma fiscal que entrará en vigor el 1 de enero de 2015, lo que modifica notablemente la tributación de las ganancias patrimoniales. En el caso de los inmuebles, la plusvalía que obtiene un contribuyente se corrige por los coeficientes de depreciación monetaria que se incluyen cada año en los Presupuestos Generales del Estado y quienes compraron antes del 31 de diciembre de 1994 tienen derecho a una reducción por la plusvalía generada entre la fecha de compra y el 19 de enero de 2006. La ganancia imputada durante este periodo se reduce por los coeficientes de abatimiento e incluso puede quedar exenta para casas compradas antes del 31 de diciembre de 1986.
Por lo tanto, los coeficientes de abatimiento y la corrección monetaria permiten rebajar notablemente la plusvalía a efectos fiscales.
Este cambio en la normativa influirá el mercado inmobiliario de aquí a final de año. Quienes tenga un piso comprado muchos años atrás y estuvieran pensando en venderlo, deberían acelerar el proceso para evitar los efectos de la reforma del Gobierno.
Por otro lado, la donación de una vivienda tributa como una venta, por lo que si un padre dona a su hijo una casa, obtiene una plusvalía en función del precio al que compró la vivienda y el precio de mercado vigente en el momento en que se produce la donación.
En la reforma fiscal se mantiene la exención para las plusvalías derivadas de la venta de vivienda habitual en el caso de contribuyentes mayores de 65 años y tampoco se elimina la exención por reinversión de la vivienda habitual.
 

Los registradores de la propiedad critican la reforma de la ley hipotecaria

Los registradores de la propiedad advierten de abundantes inconsistencias jurídicas en el proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria, aprobado por el Gobierno para su remisión a las Cortes. Los registradores creen necesario que en la tramitación parlamentaria se acepten modificaciones para mejorar el proyecto antes de que llegue a ser ley. Incluso algunos registradores abogan por que el proyecto sea retirado.
Según los registradores, la ley debe responder a una coordinación entre Registro de la Propiedad y Catastro. También consideran que la Administración debe tener toda la información para conocer quiénes son los propietarios de las fincas sobre las que se pretende actuar. Los registradores mostraron su rechazo a la introducción de nuevos trámites en la inmatriculación de fincas registrales, que van a acarrear mayores costes a los interesados y no van a aportar un incremento de la seguridad jurídica.
 

Hacienda planea elevar los impuestos sobre la segunda vivienda vacía

El Gobierno prepara su futura reforma fiscal, con la idea de que el texto esté preparado en el mes de junio. De momento no se sabe lo que va a suceder con los tributos que gravan la vivienda. En el Ministerio de Hacienda inciden en que no van a aprobar aumentos de impuestos adicionales, más allá de los que exija la normativa comunitaria. Fuentes próximas al Ministerio descartan que se vaya a introducir un gravamen en el IRPF sobre la primera vivienda en propiedad, como recomendaba el grupo de expertos. Y también insisten en que no se va a subir el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Aunque reconocen que sí existe una reflexión sobre la fiscalidad patrimonial y que lo que están estudiando es el modo de poner más énfasis en el uso que en la transmisión de la propiedad. La idea podría ser que las personas que tienen bienes los mantengan en explotación ‐ya sea en arrendamiento o actividad económica‐, de forma que Hacienda grave a quienes mantengan esos bienes sin actividad. Al mismo tiempo, se buscaría abaratar su transmisión para favorecer este tipo de operaciones.
El Gobierno también podría optar por mantener el recargo sobre el IBI que aprobó al principio de la legislatura y que, en principio, sólo iba a estar en vigor durante 2012 y 2013. De hecho, el Programa de Estabilidad recoge un incremento de los ingresos fiscales de los ayuntamientos de unos 1.200 millones de euros y, precisamente, el principal impuesto local y fuente de ingresos de estas entidades es el IBI.
 

Publicado el: 26/05/2014 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
En el año 2013 la banca se adjudicó 50.000 viviendas de particulares

La legislación hipotecaria que el Gobierno impulsó hace un año no ha impedido que el número de embargos hipotecarios que se producen en España siga incrementándose. Los datos a cierre de 2013, proporcionados por el Banco de España, revelan que la banca se adjudicó 49.964 viviendas de particulares a lo largo del año 2013. Esta cifra supone un incremento del 11% respecto a las 44.745 adjudicaciones de 2012. Sin embargo, hay que destacar que los embargos sobre vivienda habitual remitieron un poco, pasando de 39.051 a 38.961, correspondiendo la evolución al alza al incremento en las ejecuciones sobre segundas residencias, que se duplicaron hasta alcanzar 10.733.
Por otro lado, del conjunto total de viviendas 21.521 fueron entregadas “voluntariamente” a las entidades, es decir, hubo algún tipo de acuerdo entre acreedor y banco. En la mayoría de los casos, 16.173, este acuerdo se basó en un pacto de dación en pago. Así, pese a la oposición de la banca a generalizar esta opción, un tercio de los embargos se resuelven con este tipo de acuerdos. Fomentar esta vía, aunque sin imponerla, era parte del espíritu de la nueva legislación hipotecaria. A pesar de este tipo de acuerdos, durante el año 2013 21.054 familias se vieron obligadas a dejar su vivienda habitual por decisión judicial. En 1.668 de los casos, los ocupantes permanecían en la residencia en el momento de la ejecución hipotecaria, es decir, que fueron desahuciados a la fuerza. Resulta curioso que el número de desahucios forzosos fue superior en segundas viviendas, 2.060 de esas viviendas se encontraban ocupadas en el momento de la ejecución, si bien en muchos casos no se trata de “la casa de la playa” sino de un piso en el que viven otros miembros de la familia.

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