Noticias sobre Cláusulas abusivas

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Las cláusulas suelo son una práctica totalmente legal

Cuando se puso en marcha la posibilidad de incluir la cláusula suelo en las hipotecas, nada hacía pensar que los tipos cayeran a los niveles actuales. Las asociaciones de consumidores empezaron a denunciar que muchos clientes desconocían la existencia del suelo en sus hipotecas. Varias sentencias les han dado la razón, por considerarlas abusivas. Pero no siempre. De hecho, era, y es, una práctica totalmente legal, incluso recomendada por el propio Banco de España y por diversas comunidades de expertos, que así lo aconsejaron en su momento. Desde el punto de vista de la gestión financiera, el establecimiento de un suelo ha merecido los elogios de analistas, que recuerdan que “protege el margen financiero en periodos de tipos bajos como los actuales”. La banca española se siente contrariada por el hecho de que ahora desde todos los frentes les lluevan las críticas cuando en su momento fue considerada por muchos como “adecuada”. Facilitaba el acceso al cliente a hipotecas más baratas, referenciadas a interés variable y suponía prudencia para el gestor bancario que no perdería más de lo que le cuesta prestar una cantidad de dinero. La banca española insiste en recordar que la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre las cláusulas suelo no las declara ilegales. Y defienden que tienen su utilidad para evitar que la cuota hipotecaria se vea afectada por la volatilidad de los tipos de interés. “No se ha valorado, ni por parte del Tribunal ni por la sociedad, que es un mecanismo para evitar una vulnerabilidad indeseada de los tipos de interés”, explica el presidente de la Asociación Española de Banca, Miguel Martín. “Es un producto claramente beneficioso para la sociedad, para el prestatario, para la estabilidad financiera y para todos”, dice.
Ya al principio de la crisis el Senado encargó al Banco de España un informe sobre las cláusulas. El documento del supervisor, publicado en 2010, defendía esa teoría. “Lo que dice el Supremo no es que la cláusula suelo sea mala, sino que su comercialización fue mala. No sé como un producto que es positivo se ha convertido en un producto tóxico”, lamenta Martín, recordando que el fallo del Alto Tribunal anuló solo las cláusulas suelo que incluían BBVA, Novagalicia y Cajamar en los casos en que no se informó adecuada y claramente de su existencia al cliente. Y es que hace años, era frecuente pactar una cláusula suelo ‐que habitualmente se ubicaba entre un 2% y un 3% más el diferencial‐ añadida a las condiciones, para limitar el interés mínimo a pagar por el prestatario ante una eventual caída del índice de referencia, y a cambio de establecer también un tope máximo. Esta práctica fue abandonada a partir de una resolución del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, del 30 de septiembre del 2010. La sentencia declaraba nula, por primera vez, la cláusula suelo, lo que hizo que muchas entidades la expulsaran de los contratos.

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Fuente: ABC

NCG tiene que devolver a un cliente 12.000 euros por la cláusula suelo

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao sostiene en una sentencia dictada el pasado día 19 ‐que se apoya en la del Tribunal Supremo del 9 de mayo de 2013 que las declara abusivas‐ que una cláusula abusiva es nula y por tanto “lo que es nulo no produce ningún efecto”. El juez Marcos Bermúdez Ávila resuelve que la entidad tiene que devolver al demandante 12.000 euros más los intereses y las costas, por los intereses que le generó la hipoteca que contrató con Nova Caixa Galicia con una cláusula suelo del 3,25%. Bermúdez se ampara en el artículo 1.303 del Código Civil cuando precisa que “declarada la nulidad de una obligación los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con sus intereses”. “Es una de las primeras sentencias después de la del Supremo de mayo sobre las cláusulas suelo que reconoce que se pueden reclamar las cantidades pagadas por esas cláusulas”, asegura un experto jurista. La sentencia del Supremo señalaba que no debían devolverse automáticamente las cantidades abonadas, pero no cerraba la puerta a que se reclamasen individualmente. El juez de lo Mercantil número 1 de Bilbao resuelve a favor del demandante. El Supremo declara la “irretroactividad de su sentencia” para evitar “trastornos graves con trascendencia al orden público económico”, pero el magistrado vasco apunta que “el Supremo no puede extender en su resolución los efectos de la cosa juzgada hasta el punto de impedir los posteriores juicios que puedan interponer aquellos a los que se les extiende por ley tales efectos”.
La sentencia del Supremo ha obligado a Novagalicia a suprimir las cláusulas suelo del conjunto de su cartera hipotecaria. La decisión supondrá para la entidad un impacto en la cuenta de resultados de 2013 de 48 millones. En un ejercicio completo el impacto rondaría los cien millones, teniendo en cuenta que la anulación de las cláusulas se aplica con efectos desde el 9 de mayo, fecha de la publicación de la sentencia. Pero esta estimación no incluye el carácter retroactivo. Así, la sentencia del tribunal bilbaíno abre una vía por la que Novagalicia se puede ver obligada a devolver a los clientes con estas cláusulas toda la cuantía correspondiente a la activación de ese suelo en su interés.

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Fuente: El País, Cinco Días, El Economista, Expansión, La Vanguardia, El Mundo, La Razón, ABC

El 80% de los préstamos hipotecarios tienen cláusula suelo

Desde que el Supremo declarara nulas las cláusulas que no cumplieran con los requisitos de transparencia, el baile de cifras ha sido una constante. Según el Colegio de Registradores la inmensa mayoría de las hipotecas que existen en la actualidad contarían con un suelo que impediría a los consumidores beneficiarse de la caída del euríbor. Así, y de acuerdo a lo señalado por Vicente Carbonell, miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de Registradores, alrededor del 80% de las hipotecas sobre viviendas estarían afectadas por esta disposición. Este 80% vendría a representar, según fuentes del mercado, unos cuatro millones de créditos destinados a la compra de casas. De esta forma y tomando como referencia estos cálculos las 400.000 hipotecas de BBVA equivaldrían al 10% del total. No obstante, puede que el porcentaje anunciado por el Colegio de Registradores ayer durante la presentación del informe sobre cláusulas abusivas sea menor. Los últimos pronunciamientos del Banco de España al respecto se efectuaron en 2009. Hace cuatro años que el regulador no abarca el tema en sus informes y por aquel entonces afirmaban que una de cada tres hipotecas contaba con algún tipo de límite en la variación del interés, incluyendo tanto el techo como el suelo.
A la espera de nuevos datos que arrojen algo de luz sobre el número de afectados por la medida, desde el Colegio de Registradores señalan la posibilidad de que el resto de entidades decidan seguir los pasos de BBVA, Cajamar y Novagalicia. Este “efecto en cascada” se ajustaría a la demanda de algunos colectivos como la Confederación de Consumidores y Usuarios de Madrid. En un comunicado la asociación aplaudía la decisión del Supremo de anular las cláusulas suelo de varias entidades por falta de transparencia e instaba al resto de bancos a que renunciaran a esta práctica por “atentar gravemente contra los derechos de los ciudadanos”. “La existencia de este tipo de contratos solo deben ser admitidos si al mismo tiempo existe la correspondiente cláusula techo y el consumidor, después de ser informado adecuadamente, lo acepta libremente”.
La complejidad de los contratos hipotecarios que se comercializan es una de las principales causas de la escasa transparencia. Su extensión, copiada del modelo anglosajón, así como su lenguaje técnico (mezcla términos del jurídico, el contable y el bancario) dificulta su entendimiento a los particulares y es justo aquí donde la labor de los registradores adquiere especial relevancia, recalcaron Carbonell y María José Pérez, directora de Relaciones Institucionales del Colegio de Registradores. Estos tecnicismos provocan que el consumidor se sitúe en una situación de clara desventaja. La forma de compensar estos desequilibrios es por medio de la labor de profesionales como los registradores y los notarios que con su intervención tratan de arrojar algo de luz para acabar con las cláusulas abusivas, defienden.

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Fuente: Cinco Días

Eliminar las cláusulas suelo añade más inseguirdad jurídica

El fallo del Tribunal Supremo que exige anular las cláusulas suelo a BBVA, Novagalicia y Cajamar ha hecho saltarlas alarmas. Más allá del coste, ya de por sí grueso ‐BBVA confiesa que dejará de ganar 420 millones de euros al año y Novagalicia 48 millones‐, inquieta que añade más inseguridad jurídica. Alguna agencia de rating ha decidido empezar a descontar las pérdidas potenciales que sufrirían todos los bancos de retirar dicho blindaje, aún cuando las entidades no condenadas defienden la legalidad de sus contratos, mientras se multiplican las presiones para que las retiren.
El fallo del Supremo generará un efecto arrastre, pero solo obliga a BBVA, Novagalicia y Cajamar, que destoparán unas 500.000 hipotecas, más de la mitad de su cartera. El mismo Supremo respalda la legalidad de las cláusulas suelo si se informa adecuadamente al cliente sabe el riesgo que asume y lo acepta. Popular, Kutxabank o Sabadell defienden que sus contratos son legales y cumplieron con la transparencia exigible. Las hipotecas del Santander carecen de dicha condición ‐sí tiene unas pocas, muy residuales de Banesto‐ y Caixabank heredó algunas de la antigua Cajasol.
Sin embargo, el fallo judicial abre el camino y podría agilizar procesos abiertos en tribunales de primera instancia, aunque para que se extienda la supresión de la cláusula a otras entidades debe existir una sentencia firme o del Supremo, es decir, el proceso es susceptible de demorarse hasta que el banco afectado agote su capacidad de recurso ‐a BBVA, Novagalicia y Cajamar, incluso, se les abre la opción en instancias europeas‐.
La polémica con estas cláusulas se remonta varios años atrás. En 2010, el Banco de España tuvo que informar en el Senado al llegar la problemática a la Cámara. El supervisor detalló que más de un tercio de las hipotecas en España incluían esta condición, aunque el impacto era dispar porque algunas entidades no la aplicaban y en las que lo hacía podía llegar a condicionar al 85% de la cartera hipotecaria. El Banco de España defendió la legalidad y descargó gran parte de la responsabilidad en hacerlas transparentes en el notario, obligado por una orden ministerial de 1994 a advertir al cliente de las citadas cláusulas ‐el Supremo ha fallado, en cambio, que el banco es responsable directo de que el cliente las conozca antes de firmar el contrato y no puede derivar esta tarea en el notario‐. Se da la circunstancia de que una legislación en 2003 favoreció la venta de las hipotecas con suelo al obligar a las entidades a ofrecer a sus clientes productos que les protegiesen de potenciales subidas de tipos, que en muchos casos garantizaban al tiempo a la entidad unos ingresos mínimos fijando topes también frente a caídas del euríbor. En aquellos momentos la burbuja hipotecaria estaba en pleno apogeo, de forma que más de cuatro millones de hipotecas pueden incluir esos suelos, impidiendo al titular beneficiarse de caídas del euríbor hoy en el 0,50%. La competencia hizo que se ofreciesen productos sumamente baratos, con diferenciales sobre el euríbor de apenas el 0,5%‐0,7%, que al destoparlos ahora dejan en el esqueleto los ingresos para el banco, de ahí las potenciales fuertes pérdidas de beneficios. Con la crisis, esa situación ha cambiado radicalmente y suman diferenciales de 2% e, incluso, 3% al euríbor porque eso es también lo que les cuesta captar los recursos en los mercados, pero a futuro podrían actuar casi como nuevas cláusulas suelo.

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Fuente: El Economista

Se acaba el tiempo para reclamar las cláusulas abusivas

La justicia europea abrió una puerta a la esperanza para denunciar las cláusulas abusivas en las hipotecas, pero esta puerta se cierra esta semana. La reforma legal promovida por el PP a raíz de la sentencia del Tribunal de la Unión Europa incluía una cláusula que daba un mes para reclamar en los procesos que estaban en curso, y que termina en los próximos días. Dicho de otra forma, quien antes del 14 de mayo tenga una hipoteca con cláusulas abusivas pero no lo denuncie el 15 de junio, ya no podrá hacerlo. La única salvedad es que el 15 de junio es sábado, por lo que el término puede finalizar el 17. El Consell de l’Advocacia Catalana ha criticado la poca publicidad institucional que se ha dado a este hecho. Su presidente, Miquel Sàmper, ha declarado que “muchos ciudadanos pueden quedar indefensos” si no reclaman antes de que concluya la semana que viene. Ante ello, el Consell ha remitido una circular a los letrados alertando de que, si tienen casos con cláusulas abusivas, acudan a los juzgados antes de que termine este periodo legal.

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Fuente: La Vanguardia

Publicado el: 14/06/2013 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
Un juez devuelve el dinero de las cláusulas suelo

El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Orense ha decidido ignorar la última jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de cláusulas suelo, que niega la devolución de las sumas pagadas injustamente cuando la cláusula se declare nula por abusiva.
Se trata de un fallo de 13 de mayo de 2013, dictado pocos días después de la sentencia del Alto Tribunal (de 9 de mayo). En aquel fallo, que la banca recibió como una victoria, se fijó que, dado que la devolución solicitada “generaría el riesgo de trastornos graves con trascendencia al orden público económico”, no era posible reconocer efectos retroactivos a la decisión de nulidad de las cláusulas. Contra este criterio, la magistrada‐juez titular del Juzgado de Orense condena a una entidad bancaria a devolver la suma correspondiente a la aplicación de la cláusula nula. Se trata, en concreto, de una cláusula suelo del 9% para un suelo del 3,25%. En su argumentación, la magistrada asegura no poder obviar que la aplicación de tal criterio “vulnera la tutela judicial efectiva”, a lo que se suma que, en aquel momento, el criterio del Supremo no fue solicitado por ninguna de las partes.

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Fuente: El Economista

Publicado el: 08/06/2013 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
Los notarios solicitan reformas que les permitan frenar las cláusulas abusivas

“Mientras no se mejore la legislación en este punto no tenemos competencias para rechazar las cláusulas financieras que, a nuestro juicio, sean abusivas”, afirmó Carlos Ollé, vicepresidente del Consejo General del Notariado, en su intervención en el Senado en un acto de conmemoración del 150 aniversario de la Ley del Notariado. Añadió que cuando la norma es o se convierte en injusta, los poderes públicos han de paliar su aplicación y promover su modificación. “Es lo que ha sucedido en nuestro país recientemente con la reforma de la normativa hipotecaria, impulsada por un conjunto de disfunciones y situaciones injustas para los deudores”.
Ollé explicó que los notarios “se encuentran entre la espada y la pared, puesto que la sociedad les demanda un papel proactivo en el rechazo de las cláusulas abusivas de los contratos, pero la realidad es que la legislación vigente nos deja atados de pies y manos”. Y a este respecto, añadió que se sentía desconcertado, como la gran mayoría de los notarios, por razón del consentimiento manuscrito que, según el artículo 6 de la nueva ley y para determinadas cláusulas, el deudor debe suscribir ante el notario autorizante de la escritura de préstamo hipotecario. Por ello, concluyó que “si no es una desconfianza del Estado hacia un funcionario suyo, lo parece. Lo más lógico sería la corrección del precepto”.
Ollé explicó que considera que no se ha mejorado la “deficiente normativa” sobre el control preventivo de las cláusulas abusivas, que no ha resultado afectada. El sistema actual de fiscalización de las cláusulas abusivas basado en la existencia de una sentencia firme y la posterior inscripción en el registro de Condiciones Generales de la Contratación ha fallado. Por ello, determinó que debería bastarla sentencia firme publicada desde el Poder Judicial para su obligatoria apreciación por los notarios en el momento de redactar la escritura de hipoteca. Con esta modificación se mejoraría en alguna medida esta regulación.
La solución más definitiva sobre la materia de cláusulas abusivas, según su parecer, pasa por atribuir a los notarios, que intervienen en el momento decisivo en que se celebra el contrato, un control de legalidad efectivo sobre las cláusulas abusivas, “a la manera del que se nos ha atribuido en el procedimiento extrajudicial”.

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Fuente: El Economista

Las cláusulas suelos encarecen 130 euros al mes la hipoteca

Según la sentencia del Tribunal Supremo, del 9 de mayo, la banca deberá avisar expresamente al cliente de la existencia de cláusulas suelo en el contrato y explicarle de forma clara lo que implican. Así, y aun siendo lícitas, solo si son “comprensibles” y “transparentes” este tipo de condiciones serán válidas, mientras que se declaran nulas en los casos en los que haya “falta de transparencia”. Hasta que el euríbor no empezó su senda bajista en 2009 muchos hipotecados no eran conscientes de que se les estaba aplicando, dado que aunque el euríbor bajaba su hipoteca no se abarataba. Fue entonces cuando surgieron varias demandas de afectados contra algunas entidades por considerar esta maniobra como abusiva.
Por ejemplo, una hipoteca con un diferencial del 2% sobre el euríbor, cuya media mensual se sitúa en el 0,49%, arroja un tipo de interés del 2,49%. Si el préstamo tiene un suelo del 3%, impide que el cliente se beneficie de unos tipos más bajos. Existen herramientas que permiten calcular cuánto se paga de más por la cláusula suelo durante la vida de la hipoteca. Así, para una hipoteca media de 104.000 euros a 25 años a euríbor +1%, sin suelo la cuota mensual asciende a 416 euros, pagando al cabo del plazo de amortización, y en el supuesto de que la cotización del euríbor se mantenga, 124.780 euros. Con un suelo hipotecario del 3%, el pago alcanzaría los 493 euros al mes y un total de 147.954 euros. Con un suelo del 4%, la letra mensual sería de 549 euros y la suma total de 154.685 euros, lo que encarece la hipoteca en 133 euros mensuales y en algo más de 29.900 euros. En el caso de un suelo del 5%,se pagaría una cuota de 608 euros al mes y un montante final de 182.392 euros.

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Fuente: Cinco Días

Los jueves podrán examinar de oficio las cláusulas abusivas

Los jueces podrán examinar de oficio las cláusulas abusivas en los contratos de los consumidores, según el anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) aprobado por el Consejo de Ministros y en la que también se prevé aumentar las funciones de los procuradores, por ejemplo en las notificaciones, en las que tendrán condición de agentes de la autoridad.
La modificación que afecta a las cláusulas se deriva de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, dictada a raíz de que el juez José María Fernández Seijó planteara a esta instancia el caso de un ciudadano marroquí que iba a ser desahuciado por los intereses derivados del impago de una hipoteca y el tribunal dictaminó que las normas españolas eran contrarias a las europeas. De hecho, el jueves, Fernández Seijó dictó la sentencia sobre este asunto, y dejó la deuda en 3.000 euros correspondientes a los plazos sin pagar en lugar de los 130.000 que exigía el banco, además de paralizar el lanzamiento. A partir de este fallo europeo, el Ministerio de Justicia inició la revisión de la ley y ha introducido la reforma según la cual en los procesos monitorios, que son aquellos en que no hay contradicción entre las partes, el juez puede examinar de oficio si los intereses de demora contenidos en los contratos son cláusulas abusivas, que ahora se podrán anular. Lo que siempre es intocable es la deuda principal, por la cual se podrá llevar a cabo el desahucio, pero eso supondrá un descenso notable en las deudas.

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Fuente: La Vanguardia, El País

Los jueces podrán paralizar los desahucios

Los jueces españoles podrán paralizar los procesos de ejecución hipotecaria para analizar si las cláusulas del contrato que las vinculan son abusivas para el consumidor. Según el ministro de Economía, Luis de Guindos, “vamos a incorporar” la sentencia del Tribunal de Justicia europeo a la normativa española “en toda su extensión; vamos a modificar el procedimiento para que pueda haber un trámite de suspensión en el que el juez considere si hay cláusulas abusivas, y también vamos a definir qué son cláusulas abusivas”. Los principales partidos de la oposición y autores de las preguntas al ministro, PSOE y CiU, no se dieron por satisfechos y exigieron al Gobierno que paralice todas las ejecuciones hipotecarias a partir de ahora hasta que termine la modificación de la normativa.
El Gobierno ha llevado a cabo el proyecto de ley antidesahucios y prevé introducir las modificaciones durante su tramitación, así como la iniciativa popular que entró en la cámara recientemente. Pero De Guindos dejó claro que la ley hipotecaria es válida en su conjunto y que no tiene intención de reformarla de arriba a abajo. Para el ministro, la sentencia, “no declara ilegal la ley hipotecaria española ni la inhabilita en absoluto”,sino que “se limita a decir que el derecho español no se ajusta a la directiva de consumidores sin cuestionar el resto del sistema”, afirmó.

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Fuente: Expansión

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