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Una de cada cinco viviendas la compran extranjeros

La incipiente reactivación del mercado inmobiliario residencial en España continúa gracias a las adquisiciones efectuadas por los extranjeros, muchos de los cuales están aprovechando las oportunidades de precio en este tipo de activos para comprar. En el segundo trimestre del año, una de cada cinco viviendas libres transmitidas fue adquirida por ciudadanos de otros países, según cifras del Consejo General del Notariado.
De abril a junio los extranjeros compraron 18.466 viviendas. Más de la mitad (el 54,3%) correspondieron a ciudadanos que no residen en España, lo que indica que una parte destacada de las operaciones son inversiones para poner en alquiler o para uso vacacional o temporal por parte de los nuevos propietarios.
Las comunidades costeras concentran un mayor número de compras por parte de extranjeros. Canarias y Baleares son las que tienen mayor porcentaje sobre el total, un 43,2% y un 42%, respectivamente. Por nacionalidades, los británicos son los que tienen más peso, seguidos por los franceses, los rusos, los alemanes y los belgas.
 

Desde el 2007 los alquileres han bajado de media 267 euros mensuales

El precio de la vivienda en alquiler ha bajado de media 267 euros desde que alcanzó el precio máximo en mayo del año 2007.
En esa fecha, alquilar una vivienda costaba de media 810 euros para un piso de 80 metros cuadrados y en julio de 2014 el alquiler medio se situaba en 542 euros. Esta reducción en el precio del alquiler, de 267 euros, equivale a una caída del 33,1% en siete años.
 

Publicado el: 22/09/2014 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
Etiquetas: alquiler, precio, vivienda
La policía alerta de estafas inmobiliarias a través de la red

Agentes de la Policía Nacional han detenido a dos personas que alquilaban apartamentos vacacionales inexistentes a través de Internet. Los arrestados solicitaban a las víctimas el ingreso de entre 100 y 200 euros en concepto de señal para la reserva del inmueble.
Cuando los agentes descubren el delito contactan telefónicamente con los perjudicados para informarles de que podrían haber sido víctimas de una estafa, facilitándoles la información necesaria para que interpusieran la denuncia.
Entre los consejos que la policía ha difundido para poner en práctica a la hora de alquilar un inmueble a través de la red se encuentran desconfiar de anuncios en los que el precio está muy por debajo del de mercado y acudir siempre a páginas de máxima fiabilidad y leer las opiniones de anteriores inquilinos.
 

Publicado el: 30/08/2014 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
En Cataluña los desahucios por alquiler duplican a los hipotecarios

Cada vez son más visibles los de familias que no pueden hacer frente al pago del alquiler. Según datos del Consejo del Poder Judicial en el primer trimestre de este año, en Cataluña se realizaron 4.276 desahucios, 2.722 de ellos por procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos, lo que supone un 63% del total.
Las cifras ratifican la tendencia de 2013, cuando según los datos de los juzgados de primera instancia catalanes se realizaron 16.008 desahucios, 10.817 de ellos por alquileres (67% del total).
En la provincia de Barcelona el año pasado se realizaron más de 11.000 desahucios, según las cifras oficiales. Y el 90% corresponde a inquilinos que no pueden pagar sus alquileres.
El Ayuntamiento de Barcelona inició en octubre de 2012 el programa específico de alquileres, a través de las Oficinas de Vivienda, y en este tiempo se han realizado 276 mediaciones. “En unas 130 (el 55%) hemos evitado que el inquilino se vaya a la calle, en otras 100 no se ha podido llegar a un acuerdo y los otros casos siguen abiertos”, asegura el gerente adjunto de Vivienda.
Si bien el centro de la negociación es la capacidad de pago, hay otros factores. “Todo depende mucho de la relación que haya entre las partes —confiesa Sorolla—, pues la práctica demuestra que el casero prefiere mantener a un inquilino si está contento con él”.
 

Consejos para no cometer errores a la hora de alquilar un piso

Aunque alquilar una vivienda es un proceso que no entraña grandes complicaciones, se han de tener en cuenta varios aspectos clave para no cometer errores básicos.
Para empezar, se aconseja leer el contrato de arrendamiento con calma y, de ser necesario, asesoramiento legal externo. Es fundamental que se comprenda el alcance de todos los puntos incluidos en el documento, ya que cualquier cosa que se pase por alto deberá cumplirse una vez firmado.
En segundo lugar no se debe alquilar un piso sin contrato de por medio, aunque la operación se haga con un familiar o amigo. "Es conveniente para la seguridad y tranquilidad de ambas partes que todo quede por escrito", indican.
Además hay que tener en cuenta que hay que revisar el estado de la vivienda y hacer una relación de los desperfectos que pueda haber, de forma que no puedan ser achacables a los inquilinos. Y es recomendable incluir un anexo al contrato con la lista de los daños adjuntando, a ser posible, fotografías de los mismos.
Otro consejo es el de negarse a aceptar cláusulas que se consideren abusivas y puedan menoscabar los derechos del arrendatario.
Entre ellas, se puede contar el de asumir pagos que corresponden al propietario. Hay facturas, como la del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o la de la comunidad de vecinos, que deben correr a cargo del dueño de la casa, mientras que otros como el impuesto de basuras suelen pactarse entre ambas partes.
Otra cosa que recomiendan los expertos es no pagar por adelantado hasta que no se haya firmado el contrato.
Y, tras la negociación, todo acuerdo al que se llegue debe ser incluido en el contrato. El pacto verbal es aceptable, pero es mejor que quede constancia por escrito, tanto si se trata de una modificación sobre una cláusula existente como de añadir algún punto nuevo.
Por último, una vez cerrada la redacción del contrato, no hay que olvidarse de firmar todas las hojas para evitar que se pueda alterar el contenido.
 

Publicado el: 14/08/2014 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
Los españoles supieran sus miedos a alquilar

El alquiler no ha parado de ganar inquilinos desde la explosión de la burbuja inmobiliaria y actualmente está presente en más del 20% del parque residencial. Tradicionalmente, el arrendamiento ha chocado con múltiples prejuicios y miedos de los que hoy comienza a desprenderse si se compara con la compra de vivienda con hipoteca.
La potencial demanda de viviendas en este régimen se ha ido despojando de prejuicios tales como alquilar es tirar el dinero, el casero puede echarme cuando quiera y no voy a encontrar una vivienda en arrendamiento que se adapte a mis necesidades.
Según David Caraballo, director comercial de Alquiler Seguro, con lo que se paga por un piso en propiedad se puede vivir tres vidas en alquiler. Según este experto con el alquiler se consigue mantener un nivel de vida adaptado a la economía de cada uno y se evita el lastre de una hipoteca, de cuyos beneficios sólo podrán disfrutar los hijos.
En cuanto al temor a que el casero invite a irse al inquilino unilateralmente, Caraballo piensa que esta circunstancia es cada día más improbable. Hoy en día gran parte del parque residencial destinado al arrendamiento tendrá esta función durante toda su vida útil, por lo que el miedo a que el arrendatario tenga que dejar la vivienda porque el propietario la necesite se ha diluido de manera importante, señala.
Otro de los recelos hacia el alquiler era la escasa oferta, que en muchas ocasiones hacía difícil encontrar inmuebles adaptados a las necesidades. Ahora, tanto particulares como promotores y profesionales han hallado en este régimen la mejor vía para explotar sus inmuebles. El incremento de este mercado hace posible dar con viviendas en arrendamiento que se adaptan a todas las necesidades y gustos
 

Hacienda no modificará la deducción del alquiler para propietarios

Finalmente Hacienda mantendrá en el porcentaje actual del 60% la exención de tributación en el IRPF de las rentas de alquiler de vivienda obtenidas por los propietarios, en lugar del porcentaje del 50% que había establecido en el anteproyecto de ley de reforma fiscal. Sin embargo, se mantendrá la eliminación de la exención total que existe para los arrendadores que alquilan su vivienda a inquilinos menores de 30 años. Tampoco está previsto restablecer la deducción por alquiler de vivienda para los arrendatarios, de la que actualmente disfrutan los inquilinos con rentas inferiores a 24.100 euros.

El Plan de Vivienda movilizará 3.800 millones hasta 2016

El Ministerio de Fomento ha aprobado el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas. La inversión total del Plan alcanzará los 3.795 millones de euros. El Ministerio aportará la mayor parte, 2.311 millones. Las comunidades autónomas contribuirán con 216 y el resto ‐1.268 millones‐ procederá de la inversión privada. Mediante el conjunto de medidas previstas en el plan 2013‐2016, se concederán 200.000 ayudas al alquiler, se rehabilitarán 50.000 viviendas, se subsidiará el pago de intereses de 230.000 hipotecas y se crearán 36.000 puestos de trabajo en tres años.
El programa de ayuda al alquiler está dirigido a mayores de edad con un límite de ingresos inferior a 22.365 euros y un alquiler mensual inferior a 600 euros. Las ayudas serán de hasta el 40% de la renta con un límite de 2.400 euros anuales.
Respecto a la rehabilitación irá dirigida a inmuebles anteriores a 1981 y al menos un 70% de su superficie deberá tener uso residencial de vivienda. Las ayudas incluyen 4.000 euros por vivienda para conservación y 2.000 para la mejora de su eficiencia energética.
 

La reforma fiscal eliminará la desgravación por alquiler de vivienda

En la reforma del IRPF el Gobierno ha eliminado la deducción por alquiler de vivienda para aquellos contratos que se firmen a partir del próximo 1 de enero de 2015. Según el Ejecutivo para avanzar en términos de neutralidad se suprime la deducción por alquiler, de esta manera se homogeneiza el tratamiento fiscal de la vivienda habitual entre alquiler y propiedad. Para los contratos anteriores a la citada fecha se mantendrán las desgravaciones pero bajarán las deducciones a las que se acogían los dueños de las casas del 60% al 50%. La desgravación del 100% que se aplicaban cuando los inquilinos eran menores de 35 años también se reduce al 50%.

Publicado el: 30/06/2014 |
| En la categoría: Noticias sobre Hipotecas
Se amplían los supuestos para acceder al Fondo Social de Vivienda

El Fondo Social de Viviendas (FSV) amplía su ámbito de aplicación para acoger a más supuestos de vulnerabilidad social y las personas prejubiladas o jubiladas que hayan avalado las deudas de hijos o nietos podrán solicitar una vivienda de este Fondo. El Fondo Social de Vivienda está destinado a quienes, como consecuencia de un desahucio, han perdido su vivienda a partir del 1 de enero de 2008. En el primer año de aplicación, 2013, se recibieron 1.537 solicitudes y se adjudicaron 780 viviendas.
Tras las últimas modificaciones, se permitirá que se queden en la vivienda quienes la hayan perdido por una ejecución forzosa y tras haber sido adjudicada y, en casos de dación en pago, a cambio de un alquiler reducido. La renta oscilaría entre 150 y 400 euros al mes o por debajo en circunstancias especiales, tal como está previsto en el Convenio del Fondo Social de Viviendas, creado en enero de 2013 y que cuenta con 6.000 viviendas de 33 entidades financieras. A partir de ahora también se tendrá en cuenta a las unidades familiares con hijos menores de edad, y no solo los de menos de tres años. También a las personas en situación de dependencia o con discapacidad para las que la vivienda supone, de acuerdo con el informe de los Servicios Sociales competentes, “un activo indispensable para el mantenimiento de su inclusión social y autonomía”. Se siguen manteniendo los requisitos anteriores como son la situación de desempleo y sin prestaciones económicas, familias monoparentales, familias numerosas o aquellas con víctimas de violencia de género.

 

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