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El leasing: Son operaciones
normalmente ofrecidas por entidades de crédito en la que la entidad
cede al cliente durante un período determinado de antemano el uso de un
bien mueble o inmueble que ha comprado expresamente para ese fin, a
cambio de que el cliente pague determinadas cuotas mensuales (una parte
de las cuales es la correspondiente a la amortización del bien cedido y
la otra el coste financiero). El contrato de arrendamiento financiero
incluirá necesariamente una opción de compra, a su término, a favor del
cliente cuyo importe está determinado desde la formalización del
contrato y, si el cliente la ejerce, pagando su importe obtendrá la
propiedad del bien. El leasing viene a ser un alquiler con opción de
compra al finalizar el contrato. Este tipo de
financiaciones suele ser utilizado por empresarios y profesionales por
las ventajas fiscales que tiene para ellos, pero nada impide que
también pueda serlo por cualquier consumidor.
El renting:
Viene a ser un leasing sin opción de compra, o sea un alquiler (que
incluye habitualmente el mantenimiento del bien), por eso podría no
considerarse un producto financiero, si bien lo ofrecen también muchas
entidades de crédito. Al igual que el leasing es un producto más
dirigido a empresarios y profesionales que a consumidores.
Fuente: Banco de España
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