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Algunos particulares no se han beneficiado de los recortes del euribor en sus hipotecas por la aplicación de los denominados ‘tipos de interés suelo”. El Servicio de Reclamaciones del Banco de España ha recibido múltiples consultas acerca del posible carácter abusivo de esta práctica. Según el Banco de España, la determinación de su posible nulidad corresponde a jueces y tribunales de justicia. No obstante, la entidad reguladora recuerda que los tipos mínimos o máximos deben recogerse en la escritura del préstamo de forma concreta y comprensible. “En todo caso, y con independencia del importe del préstamo, las buenas prácticas bancarias exigen a las entidades que informen previamente a sus clientes de la existencia y alcance de estas cláusulas”, señala la autoridad monetaria.
Fuente: El País.
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